Back to top

Totid

A.431.13

La facultad prevista en el articulo anterior podra ser ejercida mediante el dictado de una única resolucion que disponga la exoneracion del tributo por la totalidad del año 2021 o mediante el dictado de diversas resoluciones que la dispongan para algunos meses del año.

A.431.12

Facultar a la Intendencia de Montevideo para exonerar a los permisarios del servicio de transporte de escolares, el 100% del tributo de pantente de rodados correspondientes al año 2021, respecto de los vehiculos afectados al cumplimiento de dicho servicio.

A.20.38.6

Las Direcciones Generales de los Departamentos de Desarrollo Ambiental y de Recursos Financieros adoptarán las resoluciones que dispongan en forma fundada la no aplicación de las retroactividades alcanzadas por la norma que se reglamenta.(*)

A.20.38.5

Entiéndese por constatación fehaciente la comunicación oficial desde OSE, otros Servicios del Estado, los Servicios técnicos de la propia Intendencia o la comunicación de los contribuyentes en tal sentido.

A.20.38.4

La aplicación de la presente reglamentación alcanzará a los hechos generadores detectados acaecidos, o comunicados por el contribuyente a partir del 1º de enero de 2019.

A.20.38.3

Igualmente procederá cuando el contribuyente de noticia cierta de la ocurrencia de una nueva obligación tributaria o precio a la Administración, debiendo esta, comenzar a gravar el hecho generador a partir de allí, sin disponer del cobro de períodos anteriores.

A.20.38.2

La Administración también podrá renunciar al cobro de retroactividades cuando sean producto de modificaciones tributarias o de precios en cuentas existentes, y que por razones imputables a la Intendencia, no se realizaron en un plazo máximo de un año a partir de su constatación fehaciente.

A.20.38.1

Cuando a través de los distintos Servicios se incorporen, por actuaciones de oficio, nuevas cuentas de Tributos y Precios que graven a inmuebles, a través de procedimientos denominados "altas masivas" y que impliquen el nacimiento de obligaciones fiscales, la Administración podrá renunciar al cob

Páginas

Suscribirse a Totid