Comunicación y cumplimiento de sentencias. La División Asesoría Jurídica comunicará en un plazo de 30 días las sentencias firmes anulatorias de resoluciones que denegaron beneficios exoneratorios dictadas por los tribunales de la justicia de lo Contencioso Administrativo, así com
Totid
A.111.4
Las solicitudes de reiteración de exoneraciones al amparo del Decreto Nº 26.949 (fondos sociales de vivienda) de fecha 14/12/1995 en su artículo 31(*), Decreto Nº 26.949 (instituciones de carácter sindical) de fecha 14/
A.111.3
Las exoneraciones actualmente vigentes, que hayan sido otorgadas a partir de una reiteración del beneficio y cuyo fundamento legal sea alguno de los citados en los artículos 111.1 y 111.2, se consideraran otorgadas sin plazo a partir del 1º/06/2020.
A.111.2
Las exoneraciones que se realicen al amparo de los siguientes fundamentos serán otorgadas sin plazo desde la primera solicitud:
A.111.1
Con la primera solicitud de reiteración de exoneraciones que realice un sujeto pasivo por cualquier inmueble de su propiedad, el beneficio se otorgará sin plazo de vencimiento, siempre que el fundamento normativo de la exoneración sea alguno de los siguientes:
A.601.25.4
El adquirente de un inmueble, parcial o totalmente exonerado de tributos departamentales al amparo de los artículos 5 y 69 de la Constitución de la República (templos e instituciones de enseñanza privada y culturales)(*), Decretos Nº 25.226 de 19/10/1991, Nº 25.787 de 30/11/1992 y Nº 27.803 de 30
A.601.25.3
El Certificado de Registro de Gravámenes y Afectaciones de Inmuebles creado por Decreto Nº 15.706 de fecha 31/07/1972 en su artículo 123, dejará constancia cuando un inmueble mantenga exoneración tributaria total o parcial y hará referencia a lo previsto en el artículo 601.25.4.
A.601.23
Por los certificados que expida la Dirección del Registro de Gravámenes y Afectaciones de Inmuebles, se abonará una tasa según el valor real de cada inmueble fijado por la Intendencia Municipal o en su defecto por la Dirección General de Catastro Nacional, de conformidad con la siguiente escala:
A.110
Las solicitudes de exoneración realizadas por primera vez, de impuestos que afecten inmuebles de sujetos pasivos comprendidos en la Ley Nº 13.774 de 14/10/1969 (Convención de Viena sobre Relaciones e Inmunidades Diplomáticas y sobre Rel
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