Back to top

R.1513.20

Se prohibe el ingreso a las salas de cine y teatro con mates y termos.

R.1513.19

En los locales donde se realicen funciones de "trasnoche" será obligación de los organizadores, aparte de las establecidas por el numeral F del apartado 6 del

R.1513.17

Sin perjuicio de la vigilancia en el número de asistentes a que se refiere el numeral 2 del artículo D.2808, las empresas, instituc

R.1513.16

En caso de que una obra requiera la producción de fuego o combustión, el Servicio Central de Inspección General, podrá autorizar el mismo, y eximir a los organizadores de la prohibición estable

R.1513.14

Cuando las localidades sean numeradas, las autoridades mencionadas en el artículo D.2800, podrán retirar de boletería la entrada y

R.1513.13

El Servicio de Ingresos Comerciales no procederá a efectuar el troquelamiento a que se refiere el artículo D.2797, sin la constanci

R.1513.12

Entiéndase por fecha patria a los efectos previstos por el artículo D.2791, las del 19 de Abril, 18 de Mayo, 19 de Junio, 18 de Jul

R.1513.11

La prórroga en el comienzo de un espectáculo a que hace referencia el artículo D.

R.1513.10

A los efectos de lo dispuesto por el artículo D.2787, y en lo que tiene que ver con los espectáculos cinematográficos, se entiende

R.1513

Están comprendidos dentro del concepto de acto al que refiere el artículo D.2768, los que se realicen en todo local abierto o cerra

Páginas

Suscribirse a Normativa Departamental RSS