Back to top

Novedades

  • Fondo Departamental de Apoyo Alimentario

    Nota al artículo R.19.34 del Volumen II "Por Dto. JDM Nº 38.389 sancionado con fecha 13/07/2023 y promulgado por Res.IM Nº 3691/23 de fecha 31/07/2023 se creó el "Fondo Departamental de Apoyo Alimentario" destinado a atender en forma exclusiva las situaciones provenientes de la emergencia alimentaria, tales como: adquisición de programas para ollas y merenderos populares, con la finalidad de fortalecer las redes barriales, y acompañar e impulsar iniciativas que surjan del trabajo colectivo. El mismo se integrará con donaciones tanto nacionales como extranjeras en dinero y/o en especie, así como por otros aportes que la Intendencia de Montevideo estime pertinentes y se establece que la administración del fondo estará a cargo del Departamento de Desarrollo Social."

  • Cambio de dependencia de La Unidad Centro Operativo Montevideo (COM) de la órbita del Departamento de Secretaria General a la órbita del Departamento de Desarrollo Ambiental dependiendo jerárquicamente de la División Limpieza y Gestión de Residuos.

    Por Res.IM Nº 3683/23 de fecha 31 de julio de 2023 se incorpora al artículo R.8 del Volumen II "Procedimiento. Competencia" La Unidad Centro Operativo Montevideo (COM) la cual pasa a depender desde la órbita del Departamento de Secretaria General al Departamento de Desarrollo ambiental, pasando a depender jerárquicamente de la División Limpieza y Gestión de Residuos.

  • De las Unidades Nuevo Mercado y ex- Mercado Modelo.

    Por Res. IM Nº 3546/23 de fecha 24 de julio de 2023 se agrega como fuente dicha resolución al artículo R.3 y a su vez, se modifica el artículo R.7 del Capítulo I "De los órganos ejecutivos", Título I
    "De la estructura orgánico administrativa", Parte Reglamentaria,  Libro I "De la organización y de la competencia", del Volumen II "Procedimiento.Competencia" del Digesto Departamental, estableciendo la dependencia de las Unidades Nuevo Mercado y ex- Mercado Modelo.

  • De las cámaras de seguridad y Vigilancia en el Interior del Transporte Colectivo de Pasajeros

    Por Res. IM Nº 3523/23 de fecha 24 de julio de 2023 se incorporan los artículos R.433.23 a R.433.23.4 de la Sección III.3 "De las cámaras de Seguridad y Vigilancia en el Interior del Transporte Colectivo de Pasajeros", Capítulo I "Del transporte Urbano de Pasajeros", Título I "Del Servicio Público de Transporte Colectivo de Pasajeros", Parte Reglamentaria del Volumen V "Tránsito y Transporte" del Digesto Departamental, referente a la obligatoriedad de contar con cámaras de seguridad y vigilancia en el Interior del Transporte Colectivo de Pasajeros.

  • Tasa de seguridad y circulación de vehículos que transporten productos inflamables

    Por Dto. JDM Nº 38.379 de fecha 13 de julio de 2023 se derogan los artículos 294 a 309.2 de la Sección XIII "Tasa de Contralor de Seguridad y Circulación de Vehículos que Transportan Productos Inflamables", Capítulo I "Servicio Instalaciones Mecánicas y Eléctricas", Título VI "Departamento de Desarrollo Ambiental" del TOTID, referentes a la tasa de seguridad y circulación de vehículos que transporten productos inflamables.

  • De los certificados de aptitud para conductor

    Por Res. IM Nº 3346/23 de fecha 19 de julio de 2023 se sustituye el artículo R.424.171 del Capítulo I
    "De los parámetros médico psicológicos aplicables a la expedición de certificaciones para conducir vehículos", Título XII "De los certificados de aptitud para conductor", Parte Reglamentaria, Libro IV "Del tránsito público", del Volumen V "Tránsito y Transporte", referente a los parámetros médico psicológicos aplicables a la expedición de certificaciones para conducir vehículos.

  • De las áreas de promoción en Avenidas y Bulevares

    Por Res. IM Nº 3324/23 de fecha 10 de julio de 2023 se agrega una nota a los artículos D.223.233.6 y D.223.233.9 de la Sección IX "De las áreas de promoción en Avenidas y Bulevares", Capítulo IV "Normas particulares", Título IV "De las normas de régimen general en suelo urbano", de la Parte Legislativa, Volumen IV "Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo", referente al plazo de vigencia de la reglamentación aprobada del Dto.JDM Nº 37.912, el cual ya no tendrá plazo fijo y la modificación sobre los proyectos de los permisos de construcción, regulados por la Res. IM Nº 4909/21.

  • Programa de Certificación de Conocimientos y Habilidades para funcionarios/as del Escalafon Obrero, Sub- Escalafones Auxiliar, Oficial Práctico y Oficial para el periodo 2023

    Por Res.IM N.º 3291/23 de fecha 10 de julio de 2023 se reitera lo dispuesto Por Res. IM Nº 1701/22 de fecha 2 de mayo de 2022; por Res. IM Nº 3551/21 de fecha 20 de setiembre de 2021, num. 1º, la cual mantiene la reglamentación aprobada por Resoluciones N° 2870/19 y N° 3339/19 de fecha 10 de junio de 2019 y 8 de julio de 2019 respectivamente, en lo relativo a la vigencia, las carreras comprendidas y los requisitos exigidos para el período 2023. Asimismo se mantiene el Programa de Capacitación para la Certificación de Conocimientos y Habilidades aprobado por Resolución Nº 3754/19 de 29 de julio de 2019.

  • De La Comisión Especial de Coordinación de Gestiones y Articulación Normativa

    Por Res. IM Nº 3298/23 de fecha 10 de julio de 2023 se incorporó una nota al artículo R.7 Del Capítulo I
    "De los órganos ejecutivos", Título I "De la estructura orgánico administrativa", de la Parte Reglamentaria del Libro I "De la organización y de la competencia", del Volumen II "Procedimiento.Competencia " del Digesto Departamental, referente al área de funcionamiento de la Comisión Especial de Coordinación de Gestiones y Articulación Normativa.

  • Comisión Técnico Asesora de Roturas

    Por Res. IM N.º 3149/23 de fecha 03/07/23 se crea una “Comisión Técnico Asesora de Roturas” de carácter permanente, en la órbita del Departamento de Secretaria General que tendrá el cometido principal de actuar como órgano asesor en los casos en los que se causen roturas al espacio público por los diferentes organismos del Estado o sus contratistas al momento de ejecutar sus obras, así como también asesorar si corresponde o no hacer lugar a los reclamos presentados por los organismos del Estado por los daños causados a sus bienes por esta Administración o sus contratistas en la ejecución de sus obras. La misma estará integrada por un titular y un suplente de las dependencias de Secretaria General, Recursos Financieros, Asesoría Jurídica, Vialidad, Saneamiento, Gerencia Ejecutiva de Servicios de apoyo y Unidad de Control y Coordinación de Redes de Infraestructura Urbana.

Páginas