Se sustituye el artículo R.19.30 del Volumen II del Digesto Departamental en el cual se establecen los cometidos del Departamento de Secretaría General, en virtud de los cambios efectuados en la estructura orgánica de dicho departamento, incorporándose finalmente la Unidad de Planificación Estratégica Institucional creada por Res. IM Nº 0527/23 de 23/1/2023 num.3
Novedades
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Por Res IM. Nº 0649/23 de 31/1/23 se aprueba la Reglametación del Artículo 22 del Decreto Nº 38.156 de 29/12/22 por el cual se incorpora a la Carrera 1311-1 Operador/Conductor de Vehículo Equipado Complejo del Subescalafón Oficial Especializado se añade al cuadro comprendido en el artículo R.161.30 del Volumen III del Digesto Departamental, el cual incluye los Subescalafones del Escalafón Obrero el Subescalafon Oficial Especializado, sus actividades principales y niveles de formación.-
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Aprobación de la reglamentación que incorpora la Carrera 1311-1 Operador/Conductor de Vehículo Equipado Complejo del Subescalafón Oficial Especializado
Se añade nota al artículo D.79.13.1 del Volumen III del Digesto Departamental ya que por Res. IM Nº 0649/23 de 31/1/23 se aprueba el proyecto de Reglamentación del presente artículo incorporando la Carrera 1311-1 Operador/Conductor de Vehículo Equipado Complejo.-
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Se sustituye el artículo R.3 del Volumen II del Digesto Departamental, atendiendo a que por Res.IM Nº 0527/23 de 13/1/23 se establece que la Unidad de Planificación Estratégica Institucional (UPEI) creada por Resolución Nº 1049/18 de 27/2/18 que depende directamente de la Dirección General del Departamento de Planificación pasará a depender de la Dirección General del Departamento de Secretaría General.-
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Cambio en la estructura orgánico administrativa del Departamento de Cultura, creando la Unidad de Información Cultural y Desarrollo de Audiencias
Por. Res IM Nº 0513/23 de 23/1/23 se sustituye el artículo R.6 del Volumen II del Digesto Departamental, atendiendo a que se produce un cambio en la estructura orgánico administrativa del Departamento de Cultura, creando la Unidad de Información Cultural y Desarrollo de Audiencias, la cual dependerá en línea directa de la División Promoción Cultural, estableciéndose sus cometidos en un nuevo numeral 16 del artículo R.19.37 de dicho cuerpo normativo.-
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Se sustituye el artículo R.12 del Volumen II del Digesto Departamental, atendiendo a que por Res. IM Nº 0427/23 de 17/1/23 se establece un cambio en la estructura orgánica del Departamento de Planificación
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Requisitos para gestionar la obtención de una autorización de inicio anticipado de obras de excavación y cimentación en terrenos baldíos
Se añade nota a los artículos R. 1905 y R.1906 del Volumen XV del Digesto Departamental, atendiendo aque por Res. IM Nº 5364/22 de 23/12/22 se establecen los requisitos necesarios para gestionar para la obtención de una autorización de inicio anticipado de obras de excavación y cimentación en terrenos baldíos sin cumplir con la totalidad de las exigencias dispuestas por la Resolución N.° 2244/22 del 8/VI/22 cuando los trabajos de excavación insuman un lapso no menor a 6 (seis) meses y siempre que la Fase A haya sido presentada, de acuerdo a lo que se detalla en dicha resolución.-
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Por Res. IM Nº 0366/23 de 16/1/23 se sustituye el artículo R.161.37 del Volumen III del Digesto Departamental incorporando la carrera 3232 Escenotécnico de Elenco Musical al cuadro XI. Escalafón Especialista Profesional/ E2 ESPECIALISTA PROFESIONAL TÉCNICO.-
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Reglamentación de las carreras Ecenotécnico de Elenco Musical Subescalofón Especialista Profesional Técnico E2 e Inspector de la Intendencia
Se añade nota al artículo D.79.25 del Volumen III del Digesto Departamental atendiendo a que por las Resoluciones Nros 0379/23, 0366/23 y 0373/23 de 16/1/23 se aprueban las reglamentaciones a la incorporación de las carreras 3230-Inspector de la Intendencia del Subescalafón Especialista Profesional Técnico E2, del Escalafón Especialista Profesional, de acuerdo a la reglamentación que se dictará al efecto, a los funcionarios presupuestados pertenecientes a la Carrera 3111 Radioperador del Subescalafón Especialista Profesional Práctico E1 y que efectivamente desempeñan las tareas de su Carrera en el Servicio Convivencia Departamental. La carrera 3232 - Escenotécnico de Elenco Musical del Subescalafón Especialista Profesional Técnico E2, del Escalafón Especialista Profesional a los funcionarios presupuestados pertenecientes a la Carrera 1213 – Práctico de Mantenimiento del Subescalafón Oficial Práctico O2 y que efectivamente desempeñan las tareas de su Carrera en el Servicio Banda Sinfónica de Montevideo y además mediante la transformación del cargo - a los funcionarios presupuestados pertenecientes a la Carrera 3226 – Utilero de Orquesta del Subescalafón Especialista Profesional Técnico E2 y que efectivamente desempeñan las tareas de su Carrera en el Servicio Orquesta Filarmónica de Montevideo
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Por Res. IM Nº 0359/23 de 16/1/23 se aprueba la reglamentación referente al tope de ingresos de funcionarios presupuestados o contratados prevista en el artículo A. 414.1 del TOBEFU.-