Por Res. IM Nº 5148/24 del 9 de diciembre de 2024 se dejó sin efecto la Res. IM Nº 4816/24 de fecha 18 de noviembre de 2024 y se modificó el artículo 5º literal b) de la reglamentación aprobada por Res. IM Nº 2725/22 de 11 de julio de 2022 referente a toma de conexión, habilitando a realizar obras de adecuación de la instalación sanitaria interna dentro de un predio de uso exclusivamente de vivienda hasta el valor real previsto en dicha Resolución.
Novedades
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Reglamento para tramitar la solicitud de Conexión al Colector Público así como la ejecución de la obra de conexión
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Por Res. IM Nº 5212/24 de 9 de diciembre de 2024, ejerciendo la facultad prevista en el art. 34 del Dto. JDM Nº 38.156 del 29 de diciembre de 2022, se modifican las denominaciones de los puestos de conducción de varios Departamentos, manteniendo su actual Escalafón, Subescalafón, Nivel de Carrera y Grado Salarial.
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Convenio entre la Intendencia de Montevideo y la Asociación de Empleados y Obreros Municipales (ADEOM)
Por Res. IM Nº 4716/24 de fecha 6 de noviembre de 2024, se aprobó el texto del convenio suscrito entre esta Intendencia y ADEOM, con el objeto de regular el régimen de trabajo que abarcará al personal perteneciente al escalafón oberero y jefaturas obreras del Servicio de Mantenimiento Vial, exceptuando al personal que realiza tareas de vigilante-sereno (Carrera 1215), así como sus jornadas de trabajo, régimen retributivo y otras disposiciones que surgen de la propia Resolución.
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Reglamento para tramitar la solicitud de Conexión al Colector Público así como la ejecución de la obra de conexión
Por Res. IM Nº 4816/24 de 18 de noviembre de 2024 se modificó el artículo 5º literal b) de la reglamentación aprobada por Res. IM Nº 2725/22 de 11 de julio de 2022, referente a la Toma de Conexión, habilitando a realizar obras de adecuación de la instalación sanitaria interna dentro de un predio de uso exclusivamente de vivienda hasta el valor real previsto en dicha Resolución.
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Por Dto. JDM N.º 38.920 sancionado el 7 de noviembre de 2024 y promulgado por Res. IM N.º 5017/24 de fecha 25 de noviembre de 2024, se aprobaron las Normas Complementarias de Suelo Suburbano, incorporadas en el Decreto mencionado y en la cartografía correspondiente.
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Por Res. IM N.º 4964/24 de fecha 25 de noviembre de 2024, se sustituyeron los arts. 5º, 7º, 8º, 11 y 12 del Reglamento del Sistema de Guardias de Conservación del Palacio, aprobado por Res. IM N.º 2345/19 de fecha 13 de mayo de 2019.
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Por Dto. JDM Nº 38.918 de fecha 7 de noviembre de 2024 y promulgado por Res. IM Nº 4886/24 de fecha 18 de noviembre de 2024, se aprobó el Área de Promoción Patrimonial Ciudad Vieja, facultando a la Intendencia de Montevideo para otorgar exoneraciones relativas a Contribución Inmobiliaria, Tasa General Departamental, Adicional Mercantil y Tasas Departamentales relativas a Permisos de Implantación y Construcción.
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Por Res. IM Nº 4645/24 de fecha 31 de octubre de 2024, se aprobó el “Sistema de Tareas Extraordinarias” del Servicio de Convivencia Departamental, en el que las tareas de dicho Servicio se ampliaron exponencialmente, cubriendo y apoyando numerosas dependencias de la Intendencia en materia de fiscalización, vigilancia y contralor de la normativa departamental.
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Partida por participación en las multas aplicadas por el funcionariado del Servicio de Convivencia Departamental
Por Res. IM Nº 4717/24 de fecha 06 de noviembre de 2024, numeral 1, se dejo sin efecto la Resolución Nº 5386/16 de 22 de noviembre de 2016, numeral 2, se aprueba la nueva reglamentación para la percepcion de la participacion en multas aplicadas por el Servicio de Convivencia Departamental.
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Por Res. IM Nº 4736/24 de fecha 11 de noviembre de 2024, por el numeral 1 se dejo sin efecto la Res. IM Nº 1517/19 de fecha 25 de marzo de 2019. Por el numeral 2 se aprobo la nueva reglamentación referente a el Fondo de Saneamiento para la realizacion de obras sanitarias intradomiciliarias. En el numeral 3, se aprueban los modelos de convenio para la entrega de materiales, el modelo A, sera aplicable para los convenios con subsidio del 75 % (setenta y cinco por ciento) de los materiales; el modelo B, será aplicable para los convenios con subsidio del 100 % (cien por ciento) de los materiales.
Por el numeral 6, se establecio que la firma de los convenios aprobados por los Gobiernos Municipales se podrá realizar por la Alcaldesa o Alcalde respectivo (artículo 16o. apartado IV y artículo 24o. apartado IX del Decreto No. 33.209).