Por Res. IM Nº 3824/24 de fecha 4 de setiembre de 2024 se aprueban las bases que regirán en el llamado a conformar una lista de prelación paritaria de aspirantes para obtener permisos para prestar servicio de transporte oneroso de pasajeros/as contratado mediante plataformas eléctronicas, dentro del departamento de Montevideo.
Novedades
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Llamado a conformar lista de prelación paritaria para obtener permisos para prestar transporte oneroso de pasajeros/as.
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Por Res. IM Nº 3691/24 de fecha 26 de agosto de 2024, numeral 1º, se delega en la Dirección General del Departamento de Desarrollo Ambiental las sigueintes facultades:
A) Otorgar Permisos de Recepción de Rellenos (PRR) que se ajusten a las disposiciones previstas en el
Decreto N.º 38.198 de 26 de diciembre de 2022, modificativas y concordantes.B) Admitir los siguientes apartamientos normativos en propuestas de relleno que impliquen una mejora topográfica y/o ambiental respecto a las condiciones planteadas en el Decreto N.º 38.198:
- Disposiciones de rellenos en áreas afectadas por aperturas, ensanches, espacios libres y/o en áreas de retiros normativos.
- Variaciones en las características geométricas de la propuesta de rellenos: variaciones en altura y/o en la pendiente del talud, respecto a los valores establecidos en la normativa vigente. La admisión de losapartamientos normativos a los que hace referencia el presente literal, deberá contar con informe
favorable del Equipo Técnico de Evaluación creado por Resolución N.º 1337/24 de 18 de marzo de 2024.C) Otorgar la recepción de rellenos en canteras que se ajusten a lo previsto en la Resolución N.º 2976/23 de 26 de junio de 2023, modificativas y concordantes.-
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Se suspende hasta el 31/07/24 el cobro de la tarifa de los Residuos de Obras Civiles (ROCs) por tonelada, -para las empresas y vehículos de transporte de ROCs con habilitación vigente.
Por Res. IM Nº 3625/24 de fecha 20 de agosto de 2024, numeral 1º, se dispone para las empresas y vehículos de transporte de ROCs con habilitación vigente , para su disposición en el sitio de disposición final de residuos:
1º . Suspender hasta el 31 de julio de 2024, el cobro de la tarifa de los Residuos de Obras Civiles (ROCs) de UR 0,30 (unidades reajustables cero con 30/100) por tonelada, -para las empresas y vehículos de transporte de ROCs con habilitación vigente, para su disposición en el Sitio de Disposición Final de Residuos (SDFR)-
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Autorización para comercializar en Montevideo productos alimentarios elaborados en otros departamentos.
Por Res. IM Nº 3646/24 de fecha 26/08/24, num. 1º, se se dispuso la autorización hasta el 1º de marzo de 2025 para comercializar en Montevideo, productos alimentarios elaborados en otros departamentos y que posean registro vigente en las respectivas Intendencias, los que deberán ser presentados por las empresas cuando les sea requerido
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Se modifican los artículos 1º y 6º de la Reglamentación del artículo 22 del Decreto 38.156 de fecha 28 de octubre de 2022 incorporado como artículo D.79.13.1 del Volumen III "Relación Funcional"
Por Res. IM Nº 2514/24 de fecha 10 de junio de 2023, se modificaron parcialmente los artículos 1 y 6 de la reglamentación del artículo 22 del Decreto Nº 38.156, sancionado por la Junta Departamental de Montevideo el 28 de octubre de 2022, promulgado por Resolución Nº 5558/22 de fecha 29 de diciembre de 2022, aprobada por Resolución Nº 0649/23 de fecha 31 de enero de 2023 y su modificativa Nº 0895/23 de fecha 14 de febrero de 2024.
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Por Res. IM Nº 3461/24 de fecha 12 de agosto de 2024, se aprobó la reglamentación del artículo D.974.2 que dispone los términos para la solicitud de habilitación y registro de alimentos.
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Por Res. IM Nº 3515/24 de fecha 12 de agosto de 2024, numeral 1, se creo la Unidad de Apoyo a la Gestión del Espacio Modelo (UAGEM), que dependerá jerárquicamente del Servicio de Convivencia Departamental de Prosecretaría General del Departamento de Secretaría General y por el numeral 2, se establecieron los cometidos de dicha unidad.
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Por Dto de la Junta Departamental de Montevideo Nº 38.782 de fecha 5 de agosto de 2024, se modifico el inciso segundo del artículo 50 del Decreto Nº. 25.226, de 18 de octubre de 1991, el cuál se encuentra incorporado como inciso 3 del artículo 44 del Tobefu, referente a las compensaciones especiales en atención a la tarea desarrollada, de la División Planeamiento Presupuestal. A su vez se incorporo una nota al artículo 48 del Tobefu, por referirse al artículo 50 del Decreto Nº 25.226, de 18 de octubre de 1991.
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Por Dto de la Junta Departamental de Montevideo Nº 38.706 de fecha 25 de mayo de 2024. se modifico el artículo D.553 del Volumen V "Transito. Transporte" referente a la obligatoriedad de todo poseedor del Permiso Único Nacional de Conducir (PUNC), así como poseedor de un vehículo registrado, deberá constituir Domicilio Digital o Electrónico ante la División Tránsito para las notificaciones de todas las infracciones de tránsito y sus sanciones; y su vez se modifico el artículo D.723 del citado cuerpo normativo, relacionado con el procedimiento en materia de notificaciones ante una constatación de contravención a la normativa de tránsito.
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Por Res. IM Nº 3294/24 de fecha 29 de julio de 2024, se reglamento el Decreto de la Junta Departamental de Montevideo Nº 36.557 de fecha 19/12/17, relativo al Fondo Solidario de Materiales regulada en dicho decreto. Se coloco notas en los artículos 683.35; 683.36; 683.37; 683.39; 683.40; 683.42; 683.43; 683.44 del Volumen I "Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales" con el artículo de la resolución que refiere exactamente a lo mismo, sin cambio de contenido en la redacción y se procedio a la incorporación de los articulos 683.48 al 683.52 del Volumen I "Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales", que refiere a artículos de la resolución que no se encuentran en el decreto y que refiere a cuestiones propias de la reglamentación.