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Digesto Departamental
Volumen II Procedimiento.Competencia

Libro I
De la organización y de la competencia
Parte Reglamentaria
Título I
De la estructura orgánico administrativa
Capítulo I
De los órganos ejecutivos

Artículo R.6 ._

DEPARTAMENTO DE CULTURA
Del Departamento de Cultura dependerán en línea directa, las siguientes:
DIVISIONES:
- Promoción Cultural
- Artes y Ciencias
Dependerán además de la Dirección General del Departamento la Gerencia de Festejos y Espectáculos y las Unidades: Oficina Central, Gestión y Fomento Audiovisual, Información Cultural y Desarrollo de Audiencias, TV Ciudad, Unidad Técnica, Unidad de Comunicación, la Secretaría de Descentralización Cultural y el Secretariado de Seguridad y Salud, y en línea asesora la Unidad de Gestión Presupuestal.
- División Promoción Cultural
De la División Promoción Cultural dependerán en línea directa las siguientes Unidades:
- el Teatro Solís
- la Escuela de Música "Vicente Ascone"
- la Escuela Multidisciplinaria de Arte Dramático "Margarita Xirgu" (EMAD)
- la Orquesta Filarmónica de Montevideo
- la Banda Sinfónica
- la Comedia Nacional
- el Centro Cultural Florencio Sánchez
- la Sala Verdi
- la Sala Zitarrosa
- la Unidad Teatro en el Aula
- División Artes y Ciencias
De la División Artes y Ciencias dependerán en línea directa el Servicio y Unidades siguientes:
SERVICIOS
- Coordinación de Museos, Salas de Exposición y Espacios de Divulgación
- Biblioteca y Letras
Del Servicio Bibliotecas y Letras dependerán las siguientes bibliotecas: Biblioteca Amado Nervo, Biblioteca Carlos Roxlo, Biblioteca Carlos Villademoros, Biblioteca Eduardo Acevedo Díaz, Biblioteca Ernesto Herrera, Biblioteca Evaristo Ciganda, Biblioteca Felisberto Hernández, Biblioteca Francisco Espínola, Biblioteca Francisco Schinca, Biblioteca Horacio Quiroga, Biblioteca Javier de Viana, Biblioteca Infantil José H. Figueira, Biblioteca Ing. Juan Monteverde, Biblioteca María Vittori, Biblioteca Infantil María Stagnero de Munar (Castillo del Parque Rodó).
UNIDADES:
- Planetario "Ing.Agr. Germán Barbato"
- Museo y Jardín Botánico "Prof. Atilio Lombardo"
- Escuela de Jardinería "Prof . Julio E. Muñoz"
- Museo Juan Manuel Blanes
- Museo y Archivo Histórico (Cabildo de Montevideo)
- Centro de Exposiciones (SUBTE)
- Museo de Historia del Arte (MUHAR)
- Museo de la Memoria (MUME)
- Museo de las Migraciones (MUMI)
- Museo Parque Fernando García
- Museo del Azulejo
- Comisión Administradora del Museo de Arte Precolombino e Indígena (MAPI)
- Archivo Histórico de Montevideo
- Parque Lecocq y Parque Punta Espinillo
- Parque Villa Dolores
Asimismo el Parque Villa Dolores estará integrado por las siguientes áreas: Parque de la Amistad y Museo Zoológico Dámaso Antonio Larrañaga.
-De la Gerencia de Festejos y Espectáculos dependerán en línea asesora el Fideicomiso del Museo del Carnaval y las siguientes Unidades:
- Unidad de Animación
- Teatro de Verano "Ramón Collazo"
- De la Secretaría de Descentralización Cultural dependerán las siguientes Unidades:
Programa Esquinas de la Cultura
- Complejo SACUDE (Salud, Cultura y Deporte)
- Complejo CRECE Flor de Maroñas
- Escuela Esquinera
- Casa de la Cultura
- Complejo "Balcón del Cerro".

FuenteObservaciones
num. 1
Se modifica el literal F) del numeral 2º de la Resolución Nº 4264/10 de 15.09.2010, modificando la estructura orgánico-administrativa del Departamento de Cultura.
num. 1
num. 1 y 2
num. 2
num. 2
num. 1
num. 1
num. 1
num. 2
num. 1
num. 1
Se modifica el literal F) del numeral 2º de la Resolución Nº 4264/10 de 15.09.10, pasando la Secretaría de Educación Física, Deporte y Recreación a la órbita de la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación.
num. 1
num. 1
Se modifica el literal F) del numeral 2º de la Resolución Nº 4264/10 de 15.09.10, pasando la Unidad Centro Cultural Mercado de la Abundancia al Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional.
num. 1
num. 1
num. 8
ap. 2)
num. 1
num. 1
num. 1
num. 1
num. 1
num. 2
Lit. F
num. 1
num. 1
art. 69
num. 1
num. 2
Lit. D
num. 1
num. 2
num. 2
Lit. D
num. 1
Lit. D
num. 1
num. 1
R. 10
num. 1
num. 1
R. 10
num. 1
Lit. C
num. 1
R.10
num. 1
Lit. C, Lit. C.1 lit. a, Lit. C.1 lit. b
num. 1
num. 1
num. 1
num. 1
num. 5
num. 6
num. 2
num. 3 Lit. B
art. 6
art. 7 num. III) 6.
art. 121
art. 122
art. 1
Lit. B
Nota:

Por Res. IM Nº 2522/17 de fecha 12 de junio de 2017, se creó con carácter honorario el Consejo Artístico del Teatro Solís (CATS), el cual se integrará en forma permanente por las Direcciones del Teatro Solís, de la Comedia Nacional, de la Orquesta Filarmónica de Montevideo, así como por un/a delegado/a por la Dirección General de Cultura. Los cometidos de dicho Consejo serán de asesoramiento trabajando en conjunto con la Dirección del Teatro Solís.

Por Res. IM Nº 2205/14, de fecha 2 de junio de 2014, se creó con carácter honorario el Consejo Departamental de Cultura, el cual estará presidido por el Director General del Departamento de Cultura o quien éste designe y se integrará con todas las organizaciones gremiales y sociales que trabajen en beneficio y promoción de las Artes, que voluntariamente soliciten su incorporación. El mismo tendrá carácter consultivo y deliberativo, teniendo como deberes y atribuciones fundamentales realizar las sugerencias que se consideren pertinentes y la evaluación pública anual de todo lo actuado.