Normas generales para los bienes y espacios en Régimen Patrimonial
Digesto
D.237
Bienes inmuebles a incorporar al Régimen Patrimonial.
D.236
Bienes de Interés Departamental
a) Se definen de interés departamental los siguientes inmuebles identificados con los números de padrón correspondientes, incorporar al listado general de Bienes de Interés Departamental.
D.235
Campos visuales protegidos Se definen como Campos Visuales Protegidos los detallados en los Anexos 6_1 (cartografía) y 6_2 (listado).
D.234
Espacios Protegidos Se definen como Espacios Protegidos los espacios detallados en los Anexos 6_1 (cartografía) y 6_2 (listado):
Espacio Libre N.º 1.310: Plazoleta Juan Ramón Gómez, delimitada por las calles Nuestra Señora de la Encina, Magallanes, Durazno y Minas.
D.233
Tramos Protegidos
Se definen como Tramos Protegidos los siguientes tramos de calles:
D.232
Conjuntos Urbanos Protegidos
D.231
Áreas de Régimen Patrimonial:
a) Área Patrimonial Av. 18 de Julio: creada por el Decreto N.º 35.214 y sus modificativos.
D.230
Componentes del Inventario Patrimonial del Centro de Montevideo y áreas de proximidad.
D.229
Ámbito del Inventario Patrimonial del Centro de Montevideo y áreas de proximidad.
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