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Digesto

D.3623

La Inspección de Espectáculos Públicos llevará un registro de todas las canchas habilitadas.

R.1898

El Servicio de Tierras y Viviendas, llevará un registro de propietarios o promitentes compradores que se acojan a este régimen.

R.1905

INICIO ANTICIPADO DE OBRA.
El trámite de Inicio Anticipado de Obra, es de carácter optativo y con causa debidamente fundamentada.

D.3672

Las cámaras frías, heladeras y vitrinas refrigeradas, sólo podrán contener productos comestibles, en perfecto estado de potabilidad e higiene.

D.4425

Responsabilidades en el funcionamiento de las instalaciones sanitarias internas. La aprobación de las obras sanitarias internas no quita responsabilidad al propietario, ni la hace recaer sobre la Intendencia.

R.1668

Las gestiones de inspección final y habilitación del edificio en el régimen de la propiedad horizontal se realizarán conforme al siguiente procedimeinto administrativo:
A) Solicitud de inspección final y habilitación de obras de albañilería.

D.4221

Las instalaciones mecánicas están sujetas a las siguientes condiciones:

D.4246

Objeto. El presente capitulo tiene por objeto la regulación, por parte de la Intendencia de los proyectos de Instalaciones Sanitarias Internas, su ejecución y funcionamiento en obras nuevas, ampliaciones, modificaciones o reformas de edificaciones existentes.

R.1718

Disponer asimismo que en todos los casos en que se comprueben denuncias sobre deficiencia en la potabilidad del agua en fincas ya existentes, se exigirán tanques herméticos.

D.3336

Dimensiones especiales. Se admitirán cocinas de 3 mc. de superficie mínima y 1.60 m. de lado mínimo si fueran abiertas hacia pasajes en un 70% por lo menos de la longitud del lado mayor.

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