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Digesto

R.1666

Corresponderá al Departamento de Planeamiento Urbano proceder al desglose de las solicitudes las que, previa agregación de copia fiel de la resolución recaída a cada una de ellas, se cursarán por intermedio del Servicio de Edificación a las Secciones Permisos de Construcción y Servicio de Obras S

R.1665

No se requerirá el pronunciamiento de la Comisión de Propiedad Horizontal en los casos de incorporación de edificios existentes al régimen de la Ley Nº 10.751 en que se presente un certificado de atenuación acústica expedido por el

R.1663

Las gestiones de incorporación de edificios existentes al régimen prescrito por la Ley Nº 10.751 de la Propiedad Horizontal, se realizarán conforme al siguiente procedimiento administrativo:

R.1682

El Servicio de Edificación efectuará una inspección obligatoria de los entrepisos de los edificios a construirse de acuerdo al régimen de la Ley Nº 10.751 de Propiedad Horizontal a los efectos de controlar el cumplimiento de las di

R.1662

Establecer que para la incorporación al régimen de Propiedad Horizontal de edificios existentes, cualquiera sea la fecha de su construcción, se admitirá el mantenimiento de tuberías de agua corriente en el interior de muros separativos de unidades, entre locales destinados al baño y cocina,

R.1661

Hacer extensivo a todos los edificios existentes, cualquiera sea su fecha de construcción, que en el interior de los departamentos se podrán mantener las cañerías existentes destinadas exclusivamente a la ventilación de la instalación sanitaria siempre que las mismas estén construidas en pl

R.1659

El Departamento de Planeamiento Urbano de la Intendencia adoptará las medidas y providencias que estime necesarias, para el debido control del plazo y demás extremos a que dio lugar la tramitación de los permisos de construcción, al amparo del régimen estatuido por el

R.1658

En todas aquellas situaciones no previstas por este convenio reglamentario, se dará intervención en forma conjunta al Director General del Departamento de Planeamiento Urbano de la Intendencia y al Gerente de Ingeniería y Arquitectura del Banco Hipotecario del Uruguay, los que por sí o por

R.1657

A cada interesado deberá serle entregada una tarjeta acreditando la presentación de la Fórmula B, debiendo constar necesariamente en ella, los siguientes datos:

R.1656

Al presentarse ante el Servicio de Edificación una solicitud de Permiso de Construcción acompañada del certificado referido en el artículo anterior, la oficina receptora colocará al expediente una carátula con la inscripción "Ley

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