Digesto
D.4082.3
Identificación.
En el recinto en que se coloquen las baterías de cilindros se adosará una placa en la que conste:
A. Número de identificación expedido por el Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas.
D.4441
Multas por infracciones no especificadas.
D.4433
Aprobación de los planos y las memorias para el saneamiento de los establecimientos industriales. El Servicio de Obras de Saneamiento aprobará o rechazará los proyectos de instalaciones para el tratamiento de los líquidos residuales de industrias, y en caso de ser aprobado
D.4402
Inspecciones para las obras sanitarias. En toda obra sanitaria se practicarán inspecciones de las instalaciones en rústico (cañerías descubiertas) y de las instalaciones terminadas.
D.4385
Casos en que se construirán las cámaras sépticas. Se podrán construir cámaras sépticas en las fincas suburbanas donde no existe alcantarillado, siempre que se cumplan las exigencias establecidas para las cámaras filtrantes, pozos absorbentes y drenes en que se evacúen los lí
D.4375
Multas. El propietario de todo edificio en que se hubiera perforado el fondo o las paredes del pozo negro, será castigado con una multa cuyo valor será esteablecido en el Régimen Punitivo Municipal.
D.4353
Ventilación de los ramales. Los ramales que evacuen aguas amoniacales y que tengan una longitud mayor de diez metros, se ventilarán con caños de hierro fundido de ciento dos milímetros de diámetro.
D.4292
Limpieza de los depósitos. Los propietarios estarán obligados a efectuar la limpieza periódica de los depósitos de reserva y de los tanques para bombeo.
D.4284
Obligación de instalar depósitos en cualquier momento. Cuando se notara que el servicio directo de la red de distribución externa, no fuera suficiente para asegurar, a juicio del Servicio de Instalaciones Sanitarias Internas, la provisión de agua de un edificio, el propietar
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