A los efectos de regular la circulación de vehículos de carga se divide el Departamento de Montevideo en tres (3) zonas, mediante límites que podrán ser modificados si media la debida justificación técnica.
Las zonas quedan definidas como se expresa a continuación:
Digesto
R.424.86.3
R.424.100.22
Establecer preferencia de paso para el tránsito que circula por la calle Virrey Juan José de Vertiz sobre el que lo hace por la calle Samuel Lafone. Disponer la colocación de la señalización vertical correspondiente.
R.424.98.3
El costo del servicio será abonado por el peticionante en el momento de la contratación de la prestación.
R.424.85
Los triciclos automotores deberán tener cilindrada superior a los cincuenta centímetros cúbicos, y regirán para ellos las condiciones exigidas para las motocicletas.
R.537
Los/as funcionarios/as que violen lo dispuesto en los artículos del presente Capítulo, cualquiera que fuere su jerarquía funcional, serán pasibles de sanciones disciplinarias, graduables de acuerdo a la entidad de la falta cometida, conforme a lo preceptuado por el Volumen III del Digesto Departa
R.523.7.1
En caso de que el permiso hubiera sido otorgado a nombre de dos o más personas y una de ellas resolviera por cualquier causa no continuar explotándolo o falleciera, la restante deberá comunicar tal circunstancia en el plazo de sesenta (60) días a la Unidad de Tr
R.523.2.2
El cambio de dominio de un vehículo afectado a la explotación del servicio de transporte escolar sin la autorización correspondiente, se sancionará de conformidad a lo establecido en el art. D.
R.507.7
De los turnos. Los permisarios deberán comunicar a la División Tránsito y Transporte los horarios dentro de los cuales trabajará el vehículo, debiendo estar en definitiva a lo que dicha repartición resuelva para contemplar las necesidades del se
R.500
Se prohibe a los conductores de taxis llevar pasajeros en el asiento delantero, en tanto exista lugar disponible en el asiento trasero, desde la puesta y hasta la salida del sol.
R.497
En caso de reparación, que imponga a la unidad un alejamiento del servicio por más de treinta días deberá el permisario hacer la entrega en depósito de las chapas de matricula del taxi, las cuales serán conservadas por un término máximo de ciento ochenta días, a
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