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Digesto

D.3287

Los parasoles y elementos de protección de vanos cuando sobrepasen los planos límites de edificación, se ajustarán a las siguientes condiciones:

D.3278

Toldos en zona de gálibo sobre la altura máxima, deberán ajustarse a las siguientes condiciones:
a) Los elementos de las cubiertas serán corredizos o móviles en la totalidad de su superficie.

D.3276

Los toldos de uso circunstancial para el acceso a locales de reunión, deberán ajustarse a las siguientes condiciones:
a) Serán permitidos solamente en la oportunidad y durante el tiempo necesario.

D.3272

En ningún caso los salientes desmontables deberán afectar a los ejemplares del arbolado ni las instalaciones de uso o interés público que puedan existir o se implanten en las aceras y zonas de ensanche.

D.3270

Los permisos caducarán a los 5 (cinco) años de su otorgamiento. Podrán renovarse por igual período, siempre que el interesado lo solicite con una antelación de 30 (treinta) días a su vencimiento y que las instalaciones se ajusten a todos los requisitos establecidos en este capítulo.

D.3269

La Intendencia podrá autorizar la instalación de salientes desmontables o el mantenimiento de las actuales que no se ajusten estrictamente a las disposiciones contenidas en el presente Capítulo, en casos especiales, debidamente fundados y previo informe favorable de los Servicios competente

D.3266

A los efectos de la aplicación de lo dispuesto en este Capítulo, se definen como:

D.3258

El no cumplimiento de las disposiciones precedentes, será sancionado con suspensión por noventa días a empresa y técnico actuante, inhabilitándolos para realizar gestiones, en ese lapso. La reiteración de la infracción será sancionada con inhabilitación por un año, a empresa y técnico.

D.3256

Cuando sea imprescindible bajar materiales hacia la acera o calzada, se exigirá la confección de bandejas de protección, rigurosamente apuntaladas, a fin de dar seguridad al tránsito peatonal.

D.3254

Será obligatorio revocar con materiales impermeabilizantes las zonas de paredes medianeras correspondientes a muros demolidos o con falta de revoques.

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