Los mencionados cajones deberán tener las siguientes características: estar confeccionados de materiales suficientemente resistentes, rígidos y tener como medidas 0,60 metros de ancho, 0,60 metros de alto y un largo máximo de 2,40 metros.
Digesto
R.955
La adquisición de columnas, por licitación o en otra forma, se hará en base a planos completos con pliegos de condiciones particulares redactados por funcionarios técnicos y aprobados previamente por la Intendencia.
R.936
La instalación en predios de la Intendencia, de centrales de hormigón y/o de preparación de otros materiales por parte de empresas contratistas que ejecuten obras para la Intendencia de Montevideo se regirá por las disposiciones de este Título.
D.2179.1
Se entiende por acera, la superficie comprendida entre la línea de propiedades y la de cordones existentes o proyectadas más próximas, y por vereda las áreas pavimentadas de las aceras, destinada al uso de peatones.
D.2178
Los materiales que se extraigan de las calzadas y aceras cuando se construyan o refaccionen obras públicas departamentales serán de propiedad de la Intendencia.
D.2236.7
Cuando se trate de remociones en acera de pavimentos de concreto asfáltico o de hormigón, la reposición deberá abarcar la totalidad del ancho de la misma, cuando ésta tenga un ancho de 2 metros o menos.
R.935.12
Las señales indicadas anteriormente llevarán todas las inscripciones previstas en el artículo R.935.4.
R.928
En la calle San Quintín en toda su extensión, las veredas se construirán con un ancho de tres metros (3m00).
D.2241.14.4
El interesado en construir una alcantarilla podrá previamente solicitar asesoramiento técnico a la Intendencia de Montevideo.
