E1 - Frontal tipo B- Es aquel que se colocará por debajo del nivel de los dinteles de las aberturas de planta baja. Se podrán colocar elementos de publicidad frontales de hasta 0,50 m², con una saliente máxima de 0,15m respecto al muro de fachada.
Digesto
D.2404
El otorgamiento de permisos para la utilización privativa de los referidos espacios, se efectuará por el mecanismo de compra estatal que corresponda.
D.2346.42
Los permisarios comprendidos en el artículo D.2346.23 podrán solicitar cambio de ubicación de sus puestos cada vez que existan lugares libres en la misma feria permanente.
R.1190
La instalación de quioscos fijos, podrá realizarse, a iniciativa de la Administración o de interesados.
R.1225.6
El quiosco y sus instalaciones deberán mantenerse en perfectas condiciones de higiene y conservación, las que estarán a cargo del permisario. Las mercaderías deberán estar protegidas contra elementos extraños a efectos de su conservación.
R.1171.89
Procedimiento. La solicitud de licencia deberá presentarse por escrito ante el Servicio Central de Inspección General. En estos casos se podrá solicitar la autorización para dejar al frente del puesto un reemplazante el que deberá reunir las mismas cualidades que el titular.
R.1171.72
Tampoco se permite la reserva de artículos, ni su venta fuera del horario de la feria.
R.1171.41
El Jurado tendrá en cuenta los siguientes criterios de selección:
1. Calidad del diseño de las piezas. (20%)
2. Cuidados con el ambiente. (10%)
3. El dominio de la técnica utilizada. (10%)
R.1171.6
El Paseo Plaza Zabala funcionará en el espacio público que lleva ese nombre los días sábado en el horario de 9:00 a 18:00 horas.
R.1171
Queda prohibido:
a) pintar, dibujar o perforar los pavimentos;
b) colocar letreros, pasacalles, guirnaldas y cualquier otra clase de elementos similares sujetos a árboles o columnas del alumbrado público.
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