(Contribuyentes.-Contribuciones porcentajes. Obras de pavimentos). Modifícase los artículos 76º, 82º y 92º del Decreto Departamental Nº 26.949 de 14 de diciembre de 1995, los que quedarán redactados de la siguiente manera:
(...)
Totid
A.578
A.601.25.1
(Eficacia del Certificado de Registro de Gravámenes y Afectaciones de inmuebles) Los Certificados del Registro de Gravámenes de Inmuebles y de Automotores a que refieren los artículos 46 y 51 del Decreto Departamental Nº 29.434 de 10 de mayo de 2001(*), amparan a los respons
A.601.25
Los Certificados de Registro de Gravámenes y Afectaciones, y de Automotores, a que refieren los Arts. 45 y 50 del Decreto departamental Nº 29.434, de 10 de mayo de 2001, serán expedidos por el Servicio de Gestión de Cobro de Morosos del Departamento de Recursos Financieros.
A.601.22
Establecer que, a partir de la fecha de la presente resolución, la información mediante certificación de las obligaciones pendientes de pago o extinguidas por concepto de pavimentación, saneamiento y tasas, se regirá conforme a los siguientes lineamientos:
PRIVADO
A.601.7
Las canalizaciones especiales de desagüe son de propiedad y uso exclusivo de los interesados que las construyeron y están sujetas al pago de derechos de ocupación del subsuelo departamental, el que deberá ser efectuado anualmente de acuerdo a las disposiciones vigentes.
A.601.5
Canalización especial de desagüe es toda tubería construida en el subsuelo departamental, por iniciativa de los interesados, de acuerdo con las disposiciones de la presente Sección y las normas que establezca su reglamentación, que esté destinada al desagüe de inmuebles y que funcione de man
A.601.4
Cuando un colector provisorio sea declarado definitivo en toda su extensión o en parte de ella, los propietarios de los inmuebles frentistas a esa parte que hayan contribuido a su costo abonarán las cuotas que correspondan para la cuenca saneada a la que éste se incorpore.
A.601.2
Conjuntamente con los colectores provisorios se deben construir las conexiones de los inmuebles de los interesados.
A.601.20
Una vez aprobado el proyecto por el Servicio de Estudios y Proyectos de Saneamiento, los interesados deberán prestar su conformidad a las condiciones y plazos que se establezcan para la construcción de la obra.
A.601.16
La actualización del costo total del colector provisorio se realizará tomando en consideración los metrajes indicados en el Artículo 15 y los precios de la firma adjudicataria del último contrato de obras de alcantarillado celebrado por esta Intendencia, los que se actualizarán a la fecha de soli
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