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A.511.3

Definición de Vereda: Vereda es el área pavimentada de las aceras de acuerdo a lo preceptuado por el artículo D. 2179.1 del Libro 7, Titulo 2, Capítulo 1 del Volumen VII del Digesto Municipal.

A.511.2

Monto del Impuesto: Dicho impuesto podrá alcanzar hasta un 20% del Impuesto de Contribución Inmobiliaria anual, y se liquidará y percibirá conjuntamente con éste.

A.511.1

Aprobar la siguiente reglamentación del artículo 34º del Decreto Nº 29.434, Presupuesto Municipal, promulgado por Resolución Nº 1594/01, de 10 de mayo de 2001:

A.511.16

La presente resolución se integra con los Anexos que se detallan a continuación:

3-1-Expediente Nº 4102-004524-01 Información sobre tipos y dimensiones de las veredas de la diferentes zonas.

A.511.15

Modificar el artículo 2º de la Resolución Nº 5180/01, de 28 de diciembre de 2001, por el que se establece el Manual de Procedimiento relativo a la implementación del tributo de Edificación Inapropiada en relación con el estado de conservación de las veredas frentistas a los inmu

A.511.14

Vigencia: Se establece la vigencia de la presente reglamentación a partir del 1º de enero de 2002.

A.511.11

Fincas construidas en régimen de propiedad horizontal: Cuando se trate de Edificios construidos en régimen de propiedad horizontal y corresponda la aplicación del Impuesto que se reglamenta, el mismo se aplicará sobre cada una de las unidades que la integran.

A.509

El aumento adicional del diez por ciento (10%) establecido respecto del tributo Contribución Inmobiliaria por el artículo 88(*) del Decreto Departamental Nº 20.524 con destino a la finalización del "Proyect

A.508

(Proyecto de Saneamiento de la ciudad de Montevideo).

A.507.1

(Adicional a la Contribución Inmobiliaria para el Fondo Permanente para Obras de Pavimento y Saneamiento).  Declárase que el "Adicional a la Contribución Inmobiliaria para el Fondo Permanente para Obras de Pavimento y Saneamiento" creado por el numeral 37 del

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