(Bonificaciones de TGM y Contribución Inmobiliaria a funcionarios municipales) - A partir del ejercicio 2008, el acceso a los beneficios de exoneración del 50% en el Impuesto de Contribución Inmobiliaria para los funcionarios alcanzados y del 50% en la Tasa General Municipa
Totid
A.534.1.1
Los contribuyentes cuyos cuatro últimos números de la Cuenta Corriente del impuesto de Contribución Inmobiliaria, así como los cuatro últimos números de la Cuenta Corriente del tributo de Patente de Rodados, coincidan con las cuatro últimas cifras del primer premio del sorteo de la “Revanch
A.534.1
(Bonificaciones para buenos pagadores). Facúltase a la Intendencia a otorgar a las personas físicas buenos pagadores de la Tarifa de Saneamiento y de los tributos de Patente de Rodados, Contribución Inmobiliaria y Tasa General Departamental, un régimen de bonificaciones porce
A.533
(Sujeto Pasivo de inmuebles ubicados en zonas rurales. Cobro de dicha tasa).
A.530
(Sujeto Pasivo). Sustituyese el inciso 7 del artículo 88 del Decreto Departamental No. 14.152 en la redacción dada por el numeral 5 del artículo 49 del Decreto Departamental No.15.706 de 31 de julio de 1972 y concordantes, el artículo 1 del Decreto Departamental No.
A.527
Auméntase la Tasa General Departamental (Alumbrado, Salubridad, Fiscalización y Vigilancia) (Artículo 1ro. del D.A.R. No. 100: Artículo 88 del Decreto Departamental No. 14.152, Artículo 1ro. del Decreto Departamental Nro. 14.614 y Artículos 88 y 89 del Decreto Departamental Nros.
A.526
(Base de cálculo) Modifícase al artículo 88 del D.J.D No. 14.152 ratificado por el Decreto No. 14.175, el que quedará redactado de la siguiente forma:
A.525
(Denominación del Tributo). Modifícase la denominación del tributo establecido por el Decreto Departamental Nº 162 (*) de 29 de octubre de 1920 y sus concordantes y modificativos por la siguiente: Tasa General Departamental (Alumbrado, Salubridad, Fiscalización, Inspecci
A.561
(Cuantía). Por concepto de Tasa por Habilitación, Inspección y Vigilancia de Casas de Huéspedes y similares (Art.93 de Decreto Departamental Nº 10.194 con la redacción ordenada por el artículo 47 del Decreto Departamental Nº 12.900 y modificativos; Resoluciones de
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