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A.336.9

El Servicio de Regularización Alimentaria establecerá para cada empresa y acto de contralor e inspección el valor a ser cobrado según los costos que para cada empresa resulte de aplicar la tabla del artículo 6 (**).

A.336.8

(Análisis).- Establecer que los análisis tendrán los costos individualizados a continuación:

Análisis Microbiológicos

Tabla 1. Grupo de Determinaciones de indicadores, costo por muestra individual:

A.336.7

(Habilitaciones, registros y verificaciones).- Indicar que los actos que se señalan tendrán los siguientes costos:

1.- Habilitación de empresas: 5 UR.

2.- Habilitación y/o inspección de vehículos de transporte de alimentos: 5 UR.

A.336.6

(Inspecciones de locales).- Establecer que el Servicio de Regulación Alimentaria categorizará a cada empresa o contribuyente evaluando los siguientes factores: 1) riesgo, 2) alcance, y 3) superficie.

A.29

Mediante esta modalidad los propietarios de inmuebles ubicados en el departamento, podrán peticionar a la Intendencia que acepte cancelar los adeudos por concepto de tributos inmobiliarios que mantengan con la Comuna, mediante la enajenación por dación en pago de uno o más inmuebles de su

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