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A.311

(Tasa timbres y sellados). La Tasa de Papel Timbrado Departamental (artículo 24 del decreto Departamental Nº 13.131 y modificativos), quedará fijada en:

A.402.6.2

Las competencias de cualquier especie en que se efectúen apuestas mutuas (en las que se reparte entre los ganadores el fondo creado por las apuestas), estarán gravadas con un impuesto del 5% calculado sobre el monto total bruto apostado en el ámbito territorial del Departamento de Montevideo, una

A.310.20

Créase una tasa por la recolección y disposición final de envases, embalajes, contenedores y sus desechos fabricados con plásticos sintéticos, poli-etilen-teneftalato (PET) o policloruro de vinilo o vinilideno (PVC), polietileno o similares, polietileno de baja o alta densidad en forma de rollos

A.310.18

Modificar el numeral 1º de la Resolución No. 2964/00 de fecha 21 de agosto de 2000, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “1º.

A.310.17

Modificar el artículo 4º de la Reglamentación aprobada por la Resolución No.

A.310.15

La recolección y transporte de los residuos no considerados domiciliarios, según lo establecido en el art. D.

A.310.9

Quienes ocupen inmuebles ubicados en el área del Departamento de Montevideo con servicio de saneamiento, pero no hagan uso de las redes respectivas y se les haya emitido factura por tarifa de saneamiento, podrán presentarse ante el Servicio de Administración de Saneamiento solicitando la baja com

A.310.7

(Derogaciones). Deróganse la Tasa de Conservación de la Red de Saneamiento establecida por el art. 91 del Decreto Departamental Nº 14.152 de 05.01.1968 y modificativos y el Adicional a la Tasa General Municipal establecido por el art.

A.310.6.9.3

En caso de ser premiado un contribuyente que no se encuentre al día el premio será anulado.
Será imprescindible a los efectos de acceder al beneficio la denuncia de dirección de envío de la factura, para el caso de que ya no se hubiera efectuado.

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