A los efectos de determinar el precio del importe para la última etapa mercantil del inflamable o producto susceptible de riesgos, se ajustarán las liquidaciones de la tasa al precio fijado para la venta al público en el Departamento de Montevideo.
Totid
A.300
La presentación de dichos certificados, así como la de la constancia de presentación de la declaración jurada y/o del pago del tributo respectivo, será exigida por los funcionarios de la Intendencia que actúen en el lugar de la carga, debiendo proceder por sí, caso de no serle exhibido dichos rec
A.298
A los efectos de percibir la tasa creada por el artículo 80 del D.J.D. 13.501, el transportador titular del vehículo deberá presentar mensualmente entre los días 1o.
A.297
En la misma oportunidad y conjuntamente la Dirección de Tránsito y Transporte efectuará mensualmente una inspección de las condiciones de circulación de todo orden de los vehículos que transiten transportando para su comercialización inflamables y demás productos a granel susceptibles de riesgos
A.296
La Dirección de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas efectuará mensualmente una inspección de los elementos de seguridad en materia de prevención de incendios, explosiones y contratación de la capacidad de sus depósitos, de los vehículos destinados a transporte de inflamables a granel, extendiend
A.294
(Tasa de contralor de seguridad y circulación de vehículos que transportan productos inflamables). El Consejo Departamental efectuará mensualmente el contralor de las condiciones de seguridad y de circulación de todo orden de los vehículos que transiten transportando para su come
A.293
(Tasa anual por inspección de ascensores y/o elevadores).
A.292
(Inspección de ascensores, montacargas y/o elevadores). Por cada ascensor o montacargas se abonará:
