Back to top

Totid

A.310.15

La recolección y transporte de los residuos no considerados domiciliarios, según lo establecido en el art. D.

A.310.9

Quienes ocupen inmuebles ubicados en el área del Departamento de Montevideo con servicio de saneamiento, pero no hagan uso de las redes respectivas y se les haya emitido factura por tarifa de saneamiento, podrán presentarse ante el Servicio de Administración de Saneamiento solicitando la baja com

A.310.7

(Derogaciones). Deróganse la Tasa de Conservación de la Red de Saneamiento establecida por el art. 91 del Decreto Departamental Nº 14.152 de 05.01.1968 y modificativos y el Adicional a la Tasa General Municipal establecido por el art.

A.310.6.9.3

En caso de ser premiado un contribuyente que no se encuentre al día el premio será anulado.
Será imprescindible a los efectos de acceder al beneficio la denuncia de dirección de envío de la factura, para el caso de que ya no se hubiera efectuado.

A.27.1

(Compensación de créditos y débitos con organismos, entes o personas públicas estatales o paraestatales). Cuando se efectuare compensación de créditos y débitos con organismos, entes o personas públicas estatales o paraestatales, la Intendencia podrá hacer remisión de lo ad

A.310.6.9.1

Aprobar la siguiente reglamentación del artículo 12 del Decreto No. 30.905 de 23/08/2004:

A.310.6.9

Facúltase a la Intendencia de Montevideo a ampliar los beneficios de los buenos pagadores previstos en el Art. 27(*) del Decreto No. 29.434 (sorteos) y Decreto No. 30.528 (**) (casos de atraso excepcional).

A.310.6.8

Sin perjuicio de la información que proporcione el Servicio de Prensa y Comunicación, o del empleo de otros medios de difusión de los resultados, el Servicio de Gestión de Contribuyentes deberá, en un plazo no mayor a cinco días hábiles desde la fecha de la realización del sorteo, instrumentar un

A.310.6.7

A efectos de acceder al beneficio, el contribuyente deberá, en el momento de acreditar la propiedad o posesión, o de realizar la declaración jurada, comunicar la dirección de envío de las correspondientes facturas, en caso de que no lo hubiera efectuado con anterioridad.

A.310.6.5

El beneficio exoneratorio resultante del sorteo de referencia alcanzará a los eventuales complementos que, por los conceptos comprendidos, deban abonarse en el año 2003.

Páginas

Suscribirse a Totid