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A.636

Aprobar los nuevos precios por el "Uso de Locaciones de la órbita de la Intendencia de Montevideo, con fines relacionados a la producción cinematográfica y audiovisual", de acuerdo al siguiente detalle:

A.149

El costo del señalamiento de las reservas de espacio, el repintado del cordón de las mismas y los trabajos de reposición de la columna y del cartel indicador será propuesto por el Servicio de Ingeniería de Tránsito.

A.82

Derógase a partir del 1º de enero de 1991 todas las exoneraciones otorgadas respecto de cualesquiera tributos departamentales (impuestos, tasas y contribuciones de mejora) por Leyes Nacionales o Decretos Departamentales a favor del Estado (Administración Central), de los Entes Autónomos o de los

A.57.5

(Responsabilidad de las personas jurídicas).- Las personas jurídicas y demás entidades podrán ser sancionadas por infracciones sin necesidad de establecer la responsabilidad de una persona física.

A.57.3

(Responsabilidad). La responsabilidad por infracciones es personal, salvo las excepciones establecidas expresamente.

A.51

(Requisitos formales del título).- Para que el documento administrativo constituya título ejecutivo deberá reunir los siguientes requisitos:
1º) Lugar y fecha de la emisión.
2º) Nombre del obligado.

A.38.2

Los Gobiernos Departamentales, a solicitud de parte interesada, expedirán el Certificado Unico Departamental creado por el artículo 487 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, el q

A.8

Es sujeto pasivo de la relación jurídica tributaria la persona obligada al cumplimiento de la prestación pecuniaria correspondiente, sea en calidad de contribuyente o de responsable.

A.539

(Reglamentación de la exoneración a las Instituciones Deportivas). Aprobar la siguiente reglamentación del Art.23 del Decreto Departamental Nº 26.949 de 14 de diciembre de 1995, referente a la exoneración del pago del tributo de Tasa General Departamental que grava a l

A.20.43

Los plazos acordados comenzarán a regir a partir de la promulgación del presente Decreto.

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