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A.409.32.6

Amplíase el beneficio creado por el Decreto No. 30.528 de 13/11/2003 permitiendo, a los contribuyentes que se encuentren en las condiciones de regularidad de pagos definidas por el art.

A.400

(Salas en determinado circuito). Modifícase el artículo 184º del Decreto Nº 23.229 de 9 de octubre de 1986, el que quedará redactado de la siguiente manera:

A.359

Se prohíbe la propaganda y publicidad sonora en la vía pública.

A.333

Resolución 8665/88 de 4 de octubre de 1988, art.1. Dejado sin efecto Resolución N° 5478/07 de 31 de diciembre de 2007 num. 1

A.285

(Tasa anual por inspección precintos y presión hidrostática).

A.267.5

La tasa por permiso de obra deberá ser abonada por el propietario o concesionario de la red de infraestructura urbana en los casos de “emergencia” definidas en el Art. 1 literal a).

A.254

(Solicitudes de inspección técnico profesional). Por concepto de tasa por las diferentes actuaciones que generen las gestiones que se realizan ante los Servicios del Departamento de Acondicionamiento Urbano se abonarán los siguientes importes:(...)

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