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Novedades

  • Se modifica el Título VI "Normas para proyectos de edificios destinados a alojamiento temporario",de la Parte Legislativa, del Volumen XV "Planeamiento de la Edificación" del Digesto Departamental.

    En virtud del Dto JDM. 37.343, de fecha 24 de diciembre de 2019:

    -Se se sustituyeron los artículos D. 4083 a D.4089.
    -Se cambió la denominación del Capítulo I, pasándose a llamar "De los establecimientos destinados a hospedaje" y del Capítulo I.I, pasándose a llamar "De las Pensiones".
    - Se creó el Capítulo I.II, denominado "De los hogares de ancianos".

  • Creación de la Sección II.I “De las ferias especiales de venta de artesanías y de los paseos de artesanos tradicionales callejeros”

    Por Dto. JDM Nº 37.340 con fecha 12 de diciembre de 2019, promulgado por Res.IM Nº 6184/19 de fecha 30 de diciembre de 2019, se procedió a crear la Sección II.I "De las ferias especiales de venta de artesanías y de los paseos de artesanos tradicionales callejeros", en la cual se incorporaron los artículos D. 2299.3 a D. 2299.10, al Capítulo II "De las actividades en espacios públicos y de acceso al público", Título I "De los paseos Públicos", Parte Legislativa, Libro X "De los espacios públicos y de acceso al público", Volumen X "De los Espacios Públicos y de Acceso al Público", del Digesto Departamental. 

  • Modificación literal C del artículo R.1288.35 del Volumen X del Digesto Departamental

    Por Res.IM Nº 0019/20 del 9 de enero de 2020, num. 2, se modificó el literal C del artículo R.1288.35 del Volumen X, referente a la autorización para la instalación de mesas y sillas solamente en las aceras.

  • Incorporación del artículo R.1288.45.1 al Volumen X del Digesto Departamental

    Por Res.IM Nº 0019/20 de 9 de enero de 2020, num. 1, se incoporó el artículo R.1288.45.1, referente a la modificación de la reglamentación de la colocación de mesas, sillas y bancos en las aceras.

  • Incorporación de Nota al artículo D.974.2 del Digesto Departamental

    Por Res. Nº 5207/19 de 4 de noviembre de 2019, num. 1, se incorpora una nota referente a la prorroga del plazo  previsto en la reglamentación aprobada en la Res. Nº 4054/18 de 3/09/18.

  • Se modifica el literal c) del articulo R.254.5 del Digesto Departamental

    Por Res.IM 5240/19 de fecha 04 de noviembre de 2019, se modifica el literal c) del articulo R.524.5 de la Sección Única, Capítulo IV.II “Del régimen de sexto día de labor”, Titulo Único, Parte Reglamentaria, Libro III “De la relación funcional”, Volumen III “Relación Funcional”, del Digesto Departamental, referente a las licencias ordinarias y la licencia por integración de Comisiones Receptora de Votos organizadas por la Corte Electoral en periodos no inferiores a 5 (cinco) dias.

  • Incorporacion de Nota al articulo 650 del Digesto Departamental.

    Por Res.IM Nº5040/19, de 21/10/19, se incorporó a la Estructura Organica del Municipio G, la Unidad Polideportivo Colón - Villa Colón.- 

  • Se modifica el literal E del numeral 2 de la Res. IM Nº 4624/10, DE 15/9/10 y sus modificativas.

    Por Res IM. Nº 5038/19 de fecha 21 de octubre de 2019, el actual Servicio de Gestión Descentralizada que depende en línea directa de la DIrección General, pasará a denominarse "Unidad de Convenios y Asesoría Legal" (se modifica el artículo R.5) y se establecen sus cometidos, los cuales se incorporan el artículo R.19.34 numeral 13.

  • Se crea la Unidad de Gestión de Acceso al Suelo Urbano y se establecen sus cometidos.

    Por Res IM. Nº 5177/19, de fecha 28 de octubre de 2019:

    - Se crea la unidad de Gestión de Acceso al Suelo Urbano, la cual dependerá en linea directa de la División Tierras y Habitat del Departamento de Desarrollo Urbano. Se incorpora en el artículo R.7.

    - Se establecen sus cometidos, los cuales se incorporan en el nuemral 10 del artículo R. 19.43.1.

    - Se dejan sin efecto los literales a y b del numeral 7, del artículo R. 19.43.1.

  • Se incorporó el artículo D.2248.3 al Volumen X del Digesto Departamental, referente al Nomenclátor de Montevideo.

    Por Res. Nº 5043/19 de fecha 21 de octubre de 2019, se establece que, a partir de la fecha de la presente resolución y conforme a lo establecido por el artículo 19 numeral 31 de la Ley 9.515 de 28 de octubre de 1935, tres de cada cuatro nombres de personas que se incorporen al Nomenclátor de Montevideo deberán ser de mujeres.

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