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Novedades

  • Se faculta a la Intendencia prorrogar por el plazo de nueve meses que las empresas que comercializan electrónicamente alimentos envasados deberán proporcionar en el medio electrónico donde efectúan la oferta, los datos que contiene el rótulo del alimento

    Por Res.IM Nº 4036/21 de fecha 25 de octubre de 2021,  num. 1º, se promulga el Dto.JDM Nº 37.865 sancionado el 7 de octubre de 2021,  por el que se faculta a la Intendencia a prorrogar por el plazo de 9 (nueve) meses, el cumplimiento de lo exigido en el artículo D.902.8. El numeral 2º de la Resolucion mencionada hace uso de esa facultad y prorroga por 9 (nueve) meses a partir de la fecha de su dictado el cumplimiento de lo exigido en el artículo D.902.8 del Volumen VI del Digesto Departamental, que establece que las empresas que comercializan electrónicamente alimentos envasados deberán proporcionar en el medio electrónico donde efectúan la oferta, los datos que contiene el rótulo del alimento conforme la normativa vigente y de forma fácilmente legible, no siendo suficiente un enlace a otra base de datos .

  • Se prorroga como excepción y por única vez hasta el 30 de abril de 2022, el plazo para el usufructo de los días de licencia anual generados en el año 2019.

    Por Res.IM Nº 3843/21 de fecha 12 de octubre de 2021, Se prorroga como excepción y por única vez hasta el 30 de abril de 2022, el plazo para el usufructo de los días de licencia anual generados en el año 2019.

    Ver artículo R.265 del Volumen III del Digesto Departamental.

  • Creación de una nueva Sección V, dentro del Capítulo XI, Título II, Volumen VI del Digesto Departamental denominada "De la Producción de Alimentos Artesanales"

         Por Dto. JDM 37.391 de 16.03.2020 se procedió a la realización de una nueva Sección V, denominada "De la Producción de Alimentos Artesanales", dentro del Capítulo XI "Preparación y servicio de alimentos", Título II, Parte Legislativa, del Volumen VI ""Higiene y Asistencia Social" del Digesto Departamental, la cual contendrá los artículos D.1521.19 a D.1521.44.-

  • Se aprueba el programa "ABC VEREDAS"

     Por Res.IM Nº3683/21 de fecha 30 de septiembre de 20201, Se aprueba el Programa "ABC VEREDAS" como plan de reparaciòn masiva de veredas de Montevideo, con los objetivos de mejorar el espacio pùblico y generar empleos.

    Estableciendose nuevas notas en los Articulos D.2179 y D.2185 del Volumen VII "Obras" del Digesto Departamental.

     

  • Incorporacion de articulos en los Volumenes I y XV

    Se incorpora en forma parcial de la Ley N° 19.676 de fecha 26 de octubre de 2018 en el Volumen I "Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales" del Digesto Departamental y asimismo la incorporación del "Protocolo de Actuación vinculado a Inmuebles Urbanos Vacíos y Degradados" aprobado por Res.IM N° 0057/21 de fecha 11 de enero de 2021, en el Volumen XV "Planeamiento de la Edificación" del Digesto Departamental.

  • Sustitucion del Capítulo V "Del transporte turístico", Título II "De los servicios 1º. privados de interés público", Parte Reglamentaria, Libro V "Del transporte", Volumen V "Tránsito y Transporte" del Digesto Departamental

    Sustitución de los Artículos R.523.23.1, R.523.23.2 y R.523.23.3 por la redacción dada por la Resolución Nº 3639/21 de fecha 27 de setiembre de 2021.

  • Se mantiene para el periodo 2021 la reglamentación al artículo D.98.1 del Digesto Departamental

        Por Res. IM 3551/21 se mantiene para el periodo del año 2021 la reglamentación dispuesta por Res. IM 2870/19 al artículo D.98.1 del Volumen III del Digesto, relativo a la modificación de la Carrera de los/as funcionarios/as pertenecientes a los Subescalafones O1 - Auxiliar, O2 - Oficial Práctico y O3 - Oficial del Escalafón Obrero, previo cumplimiento de los requisitos definidos para cada carrera y subescalafón.-

  • Sustitución expresa del Artículo R.424.108.7 del Volumen V del Digesto Departamental

    Por Res. IM Nº 3469/21 de 13/09/21, num. 1º. se modifica el texto del artículo R.424.108.7 del Volumen V del Digesto Departamental respecto a la exoneración de pago de estacionamiento tarifado para vehículos de personas que tengan cargos de carácter polìtico o de particular confianza y Alcaldes/esas de los Municipios de Montevideo.

  • Precio por concepto de impresion y envios de facturas de Tributos y Precios

    Se fija en 7 UI el precio por concepto de impresión y envío a domicilio de cada factura correspondiente a tributos y precios departamentales.

    Se establece que los contribuyentes podran solicitar el envio de facturas sin costo por correo electronico.

     

  • Solicitud de información de vehículos empadronados en el Departamento de Montevideo destinados exclusivamente a servicios de transporte privado de interés público

    Conteniendo el artículo 719.3 cuya fuente será lo dispuesto en los numerales 1º y 2º de la Res. IM Nº1219/18 de fecha 12 de marzo de 2018.

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