Por Res IM. Nº 4286/20 se realizó una sustitución expresa al Volumen III, Parte Reglamentaria, Artículos R.418.17 a R.418.30 y R.418.32 a R. 418.34, en los cuales se establecen nuevas políticas de seguridad de la información.
Novedades
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Se creó el art. 638 del TOTID en virtud de la aprobación de la Res. IM Nº 2664/21 la cual fija precios de venta al público de nuevas ediciones bibliográficas que pasarán a integrar la tienda del Centro de Fotografía.
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Por Res. IM Nº 2597/21 de fecha 19 de julio se dispuso el cambio en los montos de los depósitos en garantía de los Espectáculos Públicos a los que hace referencia el art. D.2774 del Digesto, modificando asi el art. 389 del TOTID.
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Por Res. IM Nº 2668/21 de fecha 19 de julio de 2021 se dispuso que las solicitudes de diferimento de pago de tributos prevista en el numeral 1º de la Resolución Nº 2030/21 de fecha 4 de junio de 2021 podran efectuarse hasta el 30 de octubre de 2021.
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Por Dto.JDM 37.754 de 05.07.2021 se derogó el Decreto Nº 37.085 de fecha 23 de mayo de 2019 y se aprueba el Programa de Actuacion Integrada (PAI) "Melilla Oeste", incorporándose al Digesto Departamental, Volumen IV "Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo" el apartado II "Programa de Actuacion Integrada (PAI) Melilla Oeste", los articulos D.227 a D.227.18.
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Protocolo de actuación ante situaciones de acoso sexual en el sistema de Transporte Público Colectivo
Por Res.IM Nº 2487/21 de fecha 05/07/2021, num. 1º se aprueba el “Protocolo de actuación ante situaciones de acoso sexual en el sistema de Transporte Publico Colectivo”, en aplicación del Dto. JDM Nº 37.358 aprobado con fecha 12/12/2019 sobre “Prevención y Abordaje del Acoso Sexual en los Espacios Públicos o de Acceso Público”. Ver Título IV “Del acoso sexual en espacios públicos o de acceso al público”, Parte Legislativa, Libro X, Volumen X "De los Espacios Públicos y de Acceso al Público" del Digesto Departamental.
Este protocolo rige para la actuación que debe cumplir la Intendencia de Montevideo y las empresas de transporte colectivo, ante la denuncia de un/a usuaria/o del transporte sobre una situación de acoso sexual en los ómnibus, paradas o terminales, refiriendo a situaciones de acoso sexual que ocurran en el vínculo entre la/el usuaria/o con el personal de la unidad y/o inspectivo en funciones, otorgando un plazo máximo de 60 días para la ejecución de todos los pasos que establece el protocolo.
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Se realizó la incorporación en el artículo 636, Capitulo I "Oficina de Locaciones Montevideanas" Titulo X "Departamento de Cultura" del TOTID de lo dispuesto en la Res.IM Nº 2389/21 de 05/07/2021, num. 1º, en la cual se fijan los precios por el uso de las instalaciones del ex Club Neptuno como locación para el rodaje de producciones audiovisuales.
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Por Res. IM Nº 2472/21 de 05/07/21, num.1 se modifica el Artículo R. 11 del Volumen II del Digesto Departamental estableciendo que las Comisiones Administradoras del Cedel Carrasco Norte y Cedel Casavalle que dependían del Departamento de Desarrollo Económico, actualmente pasan a depender de la Unidad de Proyecto de Desarrollo Local de la División Promoción Económica.
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Por Dto. JDM Nº 37.757 de 5/7/2021 se facultó a la Intendencia de Montevideo a otorgar como incentivo fiscal un crédito a favor de las empresas contribuyentes que generen puestos de trabajo a partir de la vigencia del Decreto que se promulga y por el plazo de un año en las condiciones que en el Decreto se indican. El crédito a favor de la empresa contribuyente se acreditará trimestralmente a su elección en o las cuentas correspondientes a Contribución Inmobiliaria, Tasa General, Adicional Mercantil, Tasa Bromatológica o Tarifa de Saneamiento.
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Exoneraciones Tasa General y Adicional Mercantil a titulares de explotaciones comerciales de salas cinematogràficas
Por Res. IM Nº 2459/21 y Res IM. Nº 2465/21 se promulgan los Dto. JDM Nº 37.761 y Dto. JDM Nº 37.738 sancionados el 10 de junio de 2021 por los cuales se faculta a la Intendencia de Montevideo para exonerar a los titulares de explotaciones comerciales de salas cinematogràficas del pago del 100% de la Tasa General y el Adicional Mercantil correspondiente a los meses de enero a junio de 2021.