Por Dto.JDM Nº 37.345 de fecha 30 de diciembre de 2019, se sustituyó el inciso 2º en adelante del artículo D.79.39 del Volumen III del Digesto Departamental, referente a la situación de los funcionarios titulares de una función de contrato en el Área Informática.
Novedades
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Por Dto.JDM Nº 37.328 del 24 de diciembre de 2019, se derogó Numeral 15 del Literal B del artículo 13 y el Numeral 26 del Literal D del artículo 13 del Régimen Punitivo Departamental y ,asimismo, se incorporó el Literal F en el artículo 13, referente a la obligatoriedad de la inspección de los permisos de servicios privados de interés público de transporte de personas.
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Se incoporó una nueva sección llamada "Régimen general de las inspecciones de los permisos" a la Parte Legislativa del Volumen V del Digesto Departamental
Por Dto.JDM Nº 37.328 de 24/12/2019, art. 1º, se incorporó una nueva seccion al Volumen V del Digesto Departamental, referente al régimen general de las inspecciones de los permisos de servicios privados de interés público de transporte de personas.
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Por Dto. JDM Nº 37.329 con fecha 12 de diciembre de 2019, promulgado por Res.IM Nº 6078/19 de fecha 24 de diciembre de 2019, se sustituyen los artículos D 793.1, D793.2 y D.793.3 de la Sección I.1 “Del transporte de estudiantes”, Capítulo I “Del transporte de personas”, Título II “De los servicios privados de interés público”, Parte Legislativa, Libro V “Del transporte”, Volumen V “Tránsito y Transporte”, del Digesto Departamental.
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Por Dto. JDM Nº 37.344 con fecha 12 de diciembre de 2019, promulgado por Res.IM Nº 6072/19 de fecha 24 de diciembre de 2019, se procedió a crear la Sección IV “Centros colectivos de elaboración”, en la cual se incorporaron los artículos D.1521.7 a D.1521.18, en el Capítulo XI “Preparación y servicio de alimentos”, Título II, Parte Legislativa, Volumen VI “Higiene y Asistencia Social”.
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Se modifica el Título VI "Normas para proyectos de edificios destinados a alojamiento temporario",de la Parte Legislativa, del Volumen XV "Planeamiento de la Edificación" del Digesto Departamental.
En virtud del Dto JDM. 37.343, de fecha 24 de diciembre de 2019:
-Se se sustituyeron los artículos D. 4083 a D.4089.
-Se cambió la denominación del Capítulo I, pasándose a llamar "De los establecimientos destinados a hospedaje" y del Capítulo I.I, pasándose a llamar "De las Pensiones".
- Se creó el Capítulo I.II, denominado "De los hogares de ancianos". -
Creación de la Sección II.I “De las ferias especiales de venta de artesanías y de los paseos de artesanos tradicionales callejeros”
Por Dto. JDM Nº 37.340 con fecha 12 de diciembre de 2019, promulgado por Res.IM Nº 6184/19 de fecha 30 de diciembre de 2019, se procedió a crear la Sección II.I "De las ferias especiales de venta de artesanías y de los paseos de artesanos tradicionales callejeros", en la cual se incorporaron los artículos D. 2299.3 a D. 2299.10, al Capítulo II "De las actividades en espacios públicos y de acceso al público", Título I "De los paseos Públicos", Parte Legislativa, Libro X "De los espacios públicos y de acceso al público", Volumen X "De los Espacios Públicos y de Acceso al Público", del Digesto Departamental.
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Por Res.IM Nº 0019/20 del 9 de enero de 2020, num. 2, se modificó el literal C del artículo R.1288.35 del Volumen X, referente a la autorización para la instalación de mesas y sillas solamente en las aceras.
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Por Res.IM Nº 0019/20 de 9 de enero de 2020, num. 1, se incoporó el artículo R.1288.45.1, referente a la modificación de la reglamentación de la colocación de mesas, sillas y bancos en las aceras.
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Por Res. Nº 5207/19 de 4 de noviembre de 2019, num. 1, se incorpora una nota referente a la prorroga del plazo previsto en la reglamentación aprobada en la Res. Nº 4054/18 de 3/09/18.