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Novedades

  • Se colocó nota al artículo D. 974.2, referenmte a las condiciones y requisitos que deberán acompañar a la solicitud de habilitación y registro de alimentos.

    Por Res IM Nº 2198/20, de fecha 15 de junio de 2020, se extendió el plazo para la obtención del usuario nominado al representante legal de la empresa alimentaria para tramitar el registro de productos, consagrado en el Art. 12º de la Reglamentación del Art. D. 974.2 del Digesto Departamental.

     

  • Se sustituyó el artículo D.98 referente a los pases en comisión de funcionarios.

    Por Res IM Nº 2326/20, de fecha 22 de junio de 2020, se promulgó el Dto JDM 37.466, que modifica el art. 2 del Decreto Nº28.387, de 10 de diciembre de 1998, en cuanto a la redacción dada al artículo D. 98 del Volumen III del Digesto Departamental.

  • Se incorporó el literal f al artículo D. 1479.2, referido a comercios mayorista hortofrutícola.

    Por Res IM. Nº 2236/20, de fecha 15 de junio de 2020, se promulgó el Dto JDM 37.461, el cual incorpora el literal f al artículo 2º numeral I) del Decreto Nº 35.624, de 2 de julio de 2015, el cual refriere a comercios mayorista hortofrutícola.

  • Se sustituyó el artículo D.891 del Capítulo VI “Penalidades”, del Volumen VI del Digesto departamental.

    Por Dto. JDM Nº 37.455 de fecha 8 de junio de 2020, se sustituyó el artículo D.891 del Capítulo VI, del Volumen VI del Digesto Departamental, correspondiente a las infracciones realizadas a las disposiciones de este Volumen.

  • Se sustituyó el artículo D.899 del Capítulo VI “Penalidades”, del Volumen VI del Digesto departamental.

    Por Dto. JDM Nº 37.455 de fecha 8 de junio de 2020, se sustituyó el artículo D.899 del Capítulo VI, del Volumen VI del Digesto Departamental, correspondiente a las infracciones pasibles de sanciones previstas en el artículo D.891.

  • Se incorporó un nuevo capítulo en el Volumen VI “Higiene y Asistencia Social”, Parte Legislativa, Título I “Disposiciones Generales”, del Digesto Departamental, denominado “IX. Comercio Electrónico de Alimentos”.

    Dto. JDM Nº 37.455 de fecha 8 de junio de 2020, se incorporó un nuevo capítulo en el Volumen VI del Digesto Departamental, donde se regula la comercialización de alimentos mediante el uso de medios electrónicos.

  • Se modificó la normativa referida a Pensiones, contenida en el Volumen XV del Digesto Departamental.

    Por Dto.JDM Nº 37.423 de 13/05/2020, art. 1º, 2º y 3º, se sustituyeron en el Volumen XV del Digesto Departamental, los artículos D.4090.1 a D.4090.7 referidos a Pensiones y se incorporaron los artículos D.4090.7.1 a D.4090.7.16 sobre la misma temática.

  • Se modifica la estructura orgánica del Departamento de Recursos Financieros

    Por Res. IM Nº 0907/20, de fecha 28 de febrero de 2020, se modifica la estructura orgánica del Departamento de Recursos Financieros, consagrada en el artículo R.10, del Volumen II "Procedimiento.Competencia" del Digesto Departamental.

  • Se crean las Oficinas de Proyectos dentro de los Departamentos de Desarrollo Sostenible e Inteligente, Movilidad, Desarrollo Ambiental y Desarrollo Urbano y se establecen sus cometidos.

    Por Res. IM Nº0779/20, de fecha 10 de febrero de 2020, se crearona las Oficinas de Proyectos dentro de los Departamentos de Desarrollo Sostenible e Inteligente, Movilidad, Desarrollo Ambiental y Desarrollo Urbano y se estalecieron sus cometido, lo cual fue incorporado en los artículos R.7,R.7.1, R.12.1, y R. 19.40, R.19.44 y 19.58.1, de la Parte Reglamentaria, del Libro I “De la organización y de la competencia”, del Vol II "Procedimietno.Competemcia".

     

     

  • Se crea la Unidad Administradora del Mirador Panorámico y se establecen sus cometidos

    Por Res. IM 0776/20 de fecha 10 de febrero de 2020, se crea la  la Unidad Adnminitradora del Mirador Panorámico y se establecen sus cometidos.

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