Se añade nota a la primera parte de los tributos Tasa Bromatologica, Contribucion Inmobiliaria, Tasa General, Adicional Mercantil y Tarifa de Saneamiento atiende a que por Res.IM 2970/21 de 12 de agosto de 2021 se aprobo la reglamentacion establecido en el Decreto Nº 37.757
Novedades
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Por Res. IM Nº 2958/21 de 09/08/21 se aprobó la reglamentación correspondiente a las exoneraciones respecto a los titulares de explotaciones cinematográficas del pago del 100% de la Tasa General y Adicional Mercantil, con relación a los meses de enero a junio de 2021.
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Se añade nota al art. R. 235 del Volumen III del Digesto Departamental, atendiendo a que por Res. IM Nº 2900/21 de 09/08/21 se valida para el periodo de 1 de Julio de 2020 a 30 de junio de 2021, la evaluación 2020 de funcionarios de la Intendencia de Montevideo, en carácter de excepción atendiendo la situación sanitaria.
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Se faculta a la Intendencia de Montevideo para exonerar a los permisarios del servicio de transporte escolares, el 100% del tributo de pantente de rodados correspondiente al año 2021.
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Se incorporó una nota al art. 310.19.2 e la Sección I “Recolección y Transporte de Residuos no Domiciliarios”, Capitulo IV “Servicio de disposición final de Residuos”, Titulo VI “Departamento de Desarrollo Ambiental” del TOTID, por la cual se establece que en virtud de la aprobación de las Resoluciones Nos. 2292/20 de fecha 22 de junio de 2020, 3487/20 de 5 de octubre de 2020, 4710/20 de 29 de diciembre de 2020 y 2680/21 de fecha 26 de julio de 2021 se dispuso exonerar a los transportistas de residuos no domiciliarios en régimen de “Monotributistas Sociales MIDES” del pago de la tarifa de disposición final de residuos, a partir del 13 de marzo de 2020 y a través de sucesivas prorrogas hasta el 31 de diciembre de 2021 inclusive, debiendo acreditar con la documentación correspondiente si pertenecen a dicha categoría para obtener el beneficio.
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Por Res IM. Nº 4286/20 se realizó una sustitución expresa al Volumen III, Parte Reglamentaria, Artículos R.418.17 a R.418.30 y R.418.32 a R. 418.34, en los cuales se establecen nuevas políticas de seguridad de la información.
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Se creó el art. 638 del TOTID en virtud de la aprobación de la Res. IM Nº 2664/21 la cual fija precios de venta al público de nuevas ediciones bibliográficas que pasarán a integrar la tienda del Centro de Fotografía.
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Por Res. IM Nº 2597/21 de fecha 19 de julio se dispuso el cambio en los montos de los depósitos en garantía de los Espectáculos Públicos a los que hace referencia el art. D.2774 del Digesto, modificando asi el art. 389 del TOTID.
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Por Res. IM Nº 2668/21 de fecha 19 de julio de 2021 se dispuso que las solicitudes de diferimento de pago de tributos prevista en el numeral 1º de la Resolución Nº 2030/21 de fecha 4 de junio de 2021 podran efectuarse hasta el 30 de octubre de 2021.
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Por Dto.JDM 37.754 de 05.07.2021 se derogó el Decreto Nº 37.085 de fecha 23 de mayo de 2019 y se aprueba el Programa de Actuacion Integrada (PAI) "Melilla Oeste", incorporándose al Digesto Departamental, Volumen IV "Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo" el apartado II "Programa de Actuacion Integrada (PAI) Melilla Oeste", los articulos D.227 a D.227.18.