Por Res. IM Nº 2560/15 de 8 de junio de 2015 se actualizó la normativa vigente en materia de desafectación o baja de matrículas y padrones. Se sustituyó la denominación del Título III y del Capítulo III “De los empadronamientos. Placas de prueba y demostración. Depósito y entrega de matrículas”, del Libro IV “Del tránsito público”, Parte Reglamentaria del Volumen V “Tránsito y Transporte” del Digesto Departamental.
Se sustituyeron los artículos R.424.42.5, R.424.42.6, R.424.42.7.1, y se dejo sin efecto el artículo R.424.42.8, del Capítulo III “De la entrega de las placas de matrículas”, del Título III “De los empadronamientos. Placas de prueba y demostración. Devolución de matrículas” del Libro IV “Del tránsito público”, Parte Reglamentaria del Volumen V “Tránsito y Transporte” del Digesto Departamental, el que pasará a ser: “De la entrega definitiva o transitoria de las placas de matrículas, Parte Reglamentaria del Libro V "Del Transporte" del Volumen V "Tránsito y Transporte" del Digesto Departamental.
Ver artículos R.424.42.5, R.424.42.6, R.424.42.7.1 y R.424.42.8.