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Novedades

  • Sustitución de normativa.

    Por Res. IM Nº 3179/15 de 08/07/2015 se modifica la reglamentación de la Participación en Multas de los Funcionarios de la División Tránsito y Transporte, siendo modificadas disposiciones contenidas en el Título IV "DE LAS COMISIONES. HONORARIOS. PARTICIPACIONES Y VIÁTICOS.", Capítulo V "De la Participación en Multas de los Funcionarios de la División Tránsito y Transporte" del TOBEFU.
     

    Ver artículos 182 a 187 del Título IV, Capítulo V del TOBEFU.

  • Sustitución de normativa.

    Por Res. IM Nº 3151/15 de 06/07/2015, se deja sin efecto la Res. IMM Nº 2268/94 de 11 de julio de 1994 y sus modificativas, aprobandose un nuevo reglamento que regirá el funcionamiento del Centro de Educación Inicial de la Intendencia de Montevideo.
     

    Ver artículos A.328.14 a A.328.30, del Título V "De los Beneficios Funcionales", Capìtulo X "Centro de Educación Inicial (CEI)" del TOBEFU.

  • Sustitución de Normativa

    Por Res. IM 3048/15 de 03/07/15 se modifica la reglamentación sobre estructura orgánica, en particular sobre la repartición conocida actualmente como Secretaría General, la que pasa a ser el Departamento de Secretaría General, modificando además la posición institucional de sus dependencias y actualizando sus cometidos.

    Ver artículo R.2, artículo R.3 y artículo R. 19.30 del Volumen II del Digesto Departamental.

  • Incorporación de normativa

    Por Res. IM 2054/15 de 14 de mayo de 2015, se se crea la Sala de Apoyo a la Lactancia, con el objetivo de promover la lactancia materna y garantizar los principios de igualdad y no discriminación para funcionarias y funcionarios.

    Este beneficio se incorpora al TOBEFU en un nuevo Capítulo denominado “Sala de apoyo a la lactancia”, dentro del Titulo V “De los beneficios sociales”. Ver artículos 328.35, 328.36 y 328.37.

  • Sustitución de Normativa

    Por Ley N.º 19.272 de 18 de setiembre de 2014 se modifican normas de Aplicación a los Gobiernos Departamentales respecto a Descentralización Política y Participación Ciudadana.

    Ver artículos 521 a Artículo 548.1 del Volumen I del Digesto Departamental, Titulo IV, Capítulo XXXVII, Sección I.
     

  • Modificación de Normativa.

    Por Dto. JDM Nº 35.533, de 15 de junio de 2015, se sustituye lo dispuesto en los arts. D.677 y D.715 del Volumen V del Digesto Departamental, referentes a las obligaciones de los conductores y sus sanciones, específicamente en lo que refiere a la prohibición de conducir bajo efecto de drogas o psicofármacos enervantes o calmantes y de aquellas que puedan incapacitar para la conducción, así como conducir con una concentración de alcohol en sangre superior a la permitida. Además se derogan los arts. D.557 y D.558 referidas al Registro Condicional de Conductores.  
    Lo dispuesto en el artículo 4º del Decreto antes mencionado, que refiere a la graduación de las sanciones en caso de infracciones por las conductas antes descriptas, se incorpora como artículo D.715.1 en el Volumen V del Digesto Departamental.

    Ver arts. 557, 558, 677, 715 y 715.1 del Volumen V del Digesto Departamental.

  • Sustitución de Normativa

    Por Res. IM 2592/15 de 08 de junio de 2015 se modificó la Res. IM 1446/12 de 13 de abril de 2012 referida a la reglamentación del Impuestos a los Espectáculos Públicos específicamente en lo que refiere a las entradas de cortesía y las invitaciones que los organizadores o promotores de espectáculos suministran o ceden a la Intendencia de Montevideo, y de las que entreguen en calidad de atención empresarial o promoción.
    Ver artículos 387.3, 387.4, 387.5, 387.6 y 387.7 de la Sección VII "Impuestos a los Espectáculos Públicos", Capítulo I "Servicio Ingresos Comerciales", Título VII "Departamento de Recursos Financieros" del T.O.T.I.D.

  • Sustitución y dejado sin efecto de normativa.

    Por Res. IM Nº 2560/15 de 8 de junio de 2015 se actualizó la normativa vigente en materia de desafectación o baja de matrículas y padrones. Se sustituyó la denominación del Título III y del Capítulo III “De los empadronamientos. Placas de prueba y demostración. Depósito y entrega de matrículas”, del Libro IV “Del tránsito público”, Parte Reglamentaria del Volumen V “Tránsito y Transporte” del Digesto Departamental.

    Se sustituyeron los artículos R.424.42.5, R.424.42.6, R.424.42.7.1, y se dejo sin efecto el artículo R.424.42.8, del Capítulo III “De la entrega de las placas de matrículas”, del Título III “De los empadronamientos. Placas de prueba y demostración. Devolución de matrículas” del Libro IV “Del tránsito público”, Parte Reglamentaria del Volumen V “Tránsito y Transporte” del Digesto Departamental, el que pasará a ser: “De la entrega definitiva o transitoria de las placas de matrículas, Parte Reglamentaria del Libro V "Del Transporte" del Volumen V "Tránsito y Transporte" del Digesto Departamental.

    Ver artículos R.424.42.5, R.424.42.6, R.424.42.7.1 y R.424.42.8.

  • Incorporación de artículo

    Por Res. IM Nº 2306/15 de 25 de mayo de 20015 se crea el Sistema de Guardias de Arbolado (SGA), que será un servicio que se realizará por Ingenieros/as Agrónomos/as y Técnicos/as en Jardinería de la Intendencia de Montevideo a través del Sector Arbolado del Servicio de Áreas Verdes, como tarea complementaria de sus obligaciones funcionales. Los numerales 1, 14 y 15, se incorporan en el artículo 211.19, Capítulo X "De los viáticos", Sección XI "De los funcionarios que Realizan Guardias Técnicas" del TOBEFU.

    Ver artículo 211.19 del Capítulo X, Sección XI del TOBEFU.

  • Sustitución e incorporación de normativa

    Por Decreto JDM Nº 35.512 de 19/05/15, se sustituyen los primeros incisos del artículo D.119 del Volumen III del Digesto Departamental relativo a "Licencias especiales", en lo que refiere a licencia remunerada por embarazo y lactancia para el personal femenino.

    Ver artículo D.119 de la Sección II "Licencias especiales", del Capítulo XI "De las Licencias", del Título Único "Del estatuto del funcionario", Libro II "De la relación funcional", Parte Legislativa del Volumen III del Digesto Departamental.

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