Por Res. IM Nº 3598/15 de fecha 03 de agosto de 2015, se procedió a la sustitución del artículo R. 424.40 así como también fueron dejados sin efecto los artículos R. 424.41 y R.424.42 del Volumen V “Tránsito y Transporte” del Digesto Departamental.
Novedades
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Por Res. IM Nº 5811/15 de fecha 7 de diciembre de 2015 se modificó el artículo R. 991 del Volumen VIII del Digesto Departamental la cual dispuso que desde el momento de su aprobación, el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contartos de Obras Públicas aprobado por el Poder Ejecutivo por Decreto Nº 257/15 de fecha 23 de setiembre de 2015, será el único aplicable en todos los casos por esta Administración.
Ver artículo R.991 del Volumen VIII del Digesto Departamental.
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Por Res. IM Nº 5817/15 de fecha 08 de diciembre de 2015, se dejaron sin efecto los artículos R. 1638.1, R. 1638.2 y R. 1638.3, del Capítulo IV "De los locales comerciales de artículos pirotécnicos", del Título II "Normas para edificios destinados a comercio", del Libro XVI "Del Planeamiento de la Edificación ", del Volúmen XV "Planeamiento de la Edificación", del Digesto Departamental.
Ver arts. R. 1638.1, R. 1638.2 y R. 1638.3 del Volúmen XV del Digesto Departamental.
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Por Res. IM Nº 5820/15 de 08/12/2015, num. 1º se creó la Unidad de Tecnología en Ciudades Inteligentes que dependerá de la División Tecnología de la Información del Departamento de Planificación.
Ver artículo R.12 del Capítulo I “De los órganos ejecutivos ”, Título I “De la estructura orgánico administrativa”, Parte Reglamentaria del Libro I “De la organización y de la competencia” del Volumen II “Procedimiento.Competencia” del Digesto Departamental.
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Por el artículo 1º del Decreto JDM Nº 35.777 de 8 de diciembre de 2015, se sustituyó expresamente al artículo D.579 de la Sección II "De las placas de matrícula", Capítulo II "De los vehículos", Título II “De la fiscalización administrativa sobre conductores y vehículos”, Parte Legislativa del Libro IV "Del tránsito público", del Volumen V “Tránsito y Transporte” del Digesto Departamental, referido a qué clase de conductores pueden guiar vehículos provistos con placas de prueba.
Ver artículo D.579 del Volumen V del Digesto Departamental.
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Por los Decretos JDM Nº 24.314, 26.858 y Res. IM Nº 2922/14 de 14/07/14, num.1º a 15º, se incorporan artículos en el Volumen X del Digesto Departamental que regulan y reglamentan las estructuras de sustentación de antenas transmisoras o receptoras de ondas para comunicaciones.
Ver artículos D.2390.9 a D.2390.16 y R.1288.49 al R.1288.62 del Volumen X del Digesto Departamental.
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Incorporación al Volumen III del Digesto Departamental de reglamentación referida a solicitudes de misiones de servicio de funcionarios de las distintas dependencias
Por Res. IM 4825/15 de 19 de octubre de 2015 se incorporó en el Volumen III del DIgesto Departamental de reglamentación referida a solicitudes de misiones de servicio de funcionarios de las distintas dependencias.
Ver artículos R. 348.1 a 348.6 del Volumen III del Digesto Departamental.
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Por Res.IM Nº 5428/15 de 16 de noviembre de 2015 se incorporan los artículos R.424.32.12 a R.424.32.14 en el Volúmen V del Digesto Departamental "Tránsito y Transporte", que reglamenta el artículo D.558.11 y determina la escala de sanciones a aplicar a las Academias de Conducción, que se encuentren en infracción con la normativa departamental vigente.
Ver arts. R.424.32.12, R.424.32.13 y R.424.32.14 del Volúmen V del Digesto Departamental.
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Por Res. IM Nº 5251/15 de 09/11/15 se cambió la dependencia de la Unidad de Economía Social y Solidaria pasando a depender de la División Promoción Económica.
Ver artículo R. 11 del Libro I “De la organización y de la competencia”, Parte Reglamentaria, Título I “De la estructura orgánico administrativa”, Capítulo I “De los órganos ejecutivos”, Volumen II del Digesto Departamental.
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Por Res. IM Nº 5038/15 de 26/10/15 se sustituyó expresamente los artículos 1º a 5º, 7º a 9º, y 11º a 13º del numeral 2 de la Res. IM Nº 171.406 de 10/12/81; lo que se ve reflejado en gran parte del Capítulo I, Título IV "De los vehículos departamentales", Parte Reglamentaria, Libro V "Del transporte", del Volumen V del Digesto Departamental.
Ver artículos R.525 a R.529, R.531 a R.533 y R.535 a R.537 del Volumen V "Tránsito y Transporte" del Digesto Departamental.
