Back to top

Novedades

  • Incorporación de normativa

    Por Res. IM Nº 3477 de 27/07/15. Se crea un nuevo Capítulo sobre reválidas u homologaciones de licencias de conducir, en el Título II “De las licencias de conductor”, Parte Reglamentaria del Libro IV “Del tránsito público” del V y un nuevo artículo en el Capítulo VI “Del retiro de licencia de conducir y libreta de circulación del vehículo”, Título II “De las licencias de conducir”, Parte Reglamentaria del mismo Libro y Volumen del Digesto Departamental.

    Ver artículos R.424.18.4, R.424.18.5, R.424.18.6, R.424.18.7, R.424.18.8, R.424.18.9 y R.424.38.1 Del Volumen V del Digesto Departamental.

  • Modificación de Normativa.

    Por Res.IM Nº 3267/15, de 10 de julio de 2015, numerales 1 y 2, se modifican tácitamente los arts. R.3 y R.11 del Volumen II del Digesto Departamental, incorporándose al Departamento de Secretaría General la División Relaciones Internacionales y Cooperación, que, con anterioridad a la misma, dependía del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional.

    Ver. arts. R.3 y R.11 del Volumen II del Digesto Departamental.

  • Inclusión en Sección

    Por Dto. JDM Nº 35.623 de 8 de julio de 2015, art. 1º se dispuso ratificar el contenido de los Decretos Departamentales Nos. 33.209, 33.322 y 33.409, de 17 de diciembre de 2009, 15 de abril de 2010 y 17 de junio de 2010, respectivamente, salvo en lo que contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272, de 18 de setiembre de 2014.

    Ver Sección V del Capítulo XXXVII del Volumen I del Digesto Departamental.

  • Sustitución de Normativa

    Por Dto. JDM Nº 35.621 de fecha 8 de julio de 2015 se dispone la aprobación del Plan Parcial de Ordenación, Recuperación e Integración Urbana de Casavalle, donde se modifican los usos y ocupación del suelo establecidos en el Plan Montevideo de las zonas de Cerrito, Marconi, Joanicó, Casavalle, Piedras Blancas, Manga y Paso del Andaluz.

    Ver Artículo D.210 y Artículo D. 227 del Volumen IV del Digesto Departamental.

  • Sustitución de normativa.

    Por Res. IM Nº 3179/15 de 08/07/2015 se modifica la reglamentación de la Participación en Multas de los Funcionarios de la División Tránsito y Transporte, siendo modificadas disposiciones contenidas en el Título IV "DE LAS COMISIONES. HONORARIOS. PARTICIPACIONES Y VIÁTICOS.", Capítulo V "De la Participación en Multas de los Funcionarios de la División Tránsito y Transporte" del TOBEFU.
     

    Ver artículos 182 a 187 del Título IV, Capítulo V del TOBEFU.

  • Sustitución de normativa.

    Por Res. IM Nº 3151/15 de 06/07/2015, se deja sin efecto la Res. IMM Nº 2268/94 de 11 de julio de 1994 y sus modificativas, aprobandose un nuevo reglamento que regirá el funcionamiento del Centro de Educación Inicial de la Intendencia de Montevideo.
     

    Ver artículos A.328.14 a A.328.30, del Título V "De los Beneficios Funcionales", Capìtulo X "Centro de Educación Inicial (CEI)" del TOBEFU.

  • Sustitución de Normativa

    Por Res. IM 3048/15 de 03/07/15 se modifica la reglamentación sobre estructura orgánica, en particular sobre la repartición conocida actualmente como Secretaría General, la que pasa a ser el Departamento de Secretaría General, modificando además la posición institucional de sus dependencias y actualizando sus cometidos.

    Ver artículo R.2, artículo R.3 y artículo R. 19.30 del Volumen II del Digesto Departamental.

  • Incorporación de normativa

    Por Res. IM 2054/15 de 14 de mayo de 2015, se se crea la Sala de Apoyo a la Lactancia, con el objetivo de promover la lactancia materna y garantizar los principios de igualdad y no discriminación para funcionarias y funcionarios.

    Este beneficio se incorpora al TOBEFU en un nuevo Capítulo denominado “Sala de apoyo a la lactancia”, dentro del Titulo V “De los beneficios sociales”. Ver artículos 328.35, 328.36 y 328.37.

  • Sustitución de Normativa

    Por Ley N.º 19.272 de 18 de setiembre de 2014 se modifican normas de Aplicación a los Gobiernos Departamentales respecto a Descentralización Política y Participación Ciudadana.

    Ver artículos 521 a Artículo 548.1 del Volumen I del Digesto Departamental, Titulo IV, Capítulo XXXVII, Sección I.
     

  • Modificación de Normativa.

    Por Dto. JDM Nº 35.533, de 15 de junio de 2015, se sustituye lo dispuesto en los arts. D.677 y D.715 del Volumen V del Digesto Departamental, referentes a las obligaciones de los conductores y sus sanciones, específicamente en lo que refiere a la prohibición de conducir bajo efecto de drogas o psicofármacos enervantes o calmantes y de aquellas que puedan incapacitar para la conducción, así como conducir con una concentración de alcohol en sangre superior a la permitida. Además se derogan los arts. D.557 y D.558 referidas al Registro Condicional de Conductores.  
    Lo dispuesto en el artículo 4º del Decreto antes mencionado, que refiere a la graduación de las sanciones en caso de infracciones por las conductas antes descriptas, se incorpora como artículo D.715.1 en el Volumen V del Digesto Departamental.

    Ver arts. 557, 558, 677, 715 y 715.1 del Volumen V del Digesto Departamental.

Páginas