Por Res. IM Nº 3375/14 de 4/08/14 se unificaron los valores y criterios de todos los inicios de trámites que se realizan ante los Servicios y Unidades dependientes de la División Planificación Territorial del Departamento, incorporando nuevos artículos en Título IX “Departamento De Planificación”, Capítulo I “Servicio De Regulación Territorial”, Sección III “Tasa por Gestiones de Particulares” del TOTID.
Novedades
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Por Res. IM Nº 4066/15 de 07/09/15 se modificó la denominación de la Comisión Especial Ejecutora de Atención al PIAI y de la Comisión Especial Ejecutora del Programa de Prevención de Asentamientos Irregulares pasando a denominarse “Unidad Especial Ejecutora de Atención al PIAI” y “Unidad Ejecutora de Programas Barriales Integrales”, respectivamente.
Ambas unidades además dejan de depender de la Dirección de la División Tierras y Hábitat y pasan a depender en línea directa de la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano.Ver artículo R.7 cap. I, Título I, Parte Reglamentaria, Libro I del Volumen II del Digesto Departamental.
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Se incorpora por Res. IM Nº 4068/15 de 07/09/15 nueva Unidad que dependerá de la Dirección General del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional denominada Unidad de Economía Social y Solidaria.
Ver artículo R.11 del Capítulo I, Título I, Parte Reglamentaria, Libro I del Volumen II del Digesto Departamental.
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Por Dto. JDM Nº 35.617 de 08/07/2015 se incorpora Sección IV. “Prado- Capurro” en el Título V “De las normas de régimen patrimonial en suelo urbano”, Capítulo XV.I “Normas particulares del Volumen IV del Digesto Departamental.
Se derogan articulos Sección IV “De la zona del Prado”, Capítulo VIII “Del ordenamiento edilicio”, Parte Reglamentaria del Volumen IV del Digesto Departamental.Ver articulos D.235, artículos D.272.43 a D.272.67 y artículos D.494, D.495, D.503.1 y D.504 del anexo I Urbanismo, del Volumen IV del Digesto Departamental.
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Por Dto. JDM Nº 35.631 de 31/08/2015 se incorporan al texto del artículo D.209 del Volumen IV del Digesto Departamental, nuevos parámetros de alturas máximas y nuevas medidas de retiro frontal para los padrones Nros. 26.104, 26.105, 26.106 y 26.110.
Ver artículo D.209 del Volumen IV del Digesto Departamental.
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Por Res. IM 3928/15 de 27/08/2015 se sustituye el numeral 2º de la Res. IM Nº 3179/15 de 08/06/2015 que establece la forma y condiciones en que será distribuido el porcentaje de participación de multas cobradas por infracción a las disposiciones de tránsito que perciben los funcionarios de la División Tránsito y Transporte.
Ver artículos A.182 a A.187 del Capítulo V “De la participación de los funcionarios de la División Tránsito y Transporte”, del Título IV “De las comisiones. Honorarios. Participación y viáticos del Texto Ordenado de Beneficios Funcionales.
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Por Res. IM Nº 3989/14 de 8/09/2014, se estableció que a partir de la aprobación de la misma el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Suministros y Servicios No Personales, aprobado por el Poder Ejecutivo por Decreto Nº 131/014 de fecha 19 de mayo de 2014, será el único aplicable en todos los casos por esta Administración. Por ello se resolvió sustituir el texto del artículo R.990 del Volumen VIII del Digesto Departamental.
Ver art. R.990 del Volumen VIII del Digesto Departamental.
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En virtud de lo dispuesto en la siguiente normativa: Dto. JDM Nº 29.434 de 10/05/2001, Dto. JDM Nº 34.853 de 23/12/2013 y Res. IM Nº 77/14 de 09/01/2014 se procede a incorporar disposiciones sobre régimen general de cambio de carrera y cambio de carrera por pérdida de condiciones y aptitudes, por determinadas causas no médicas en Volumen III del Digesto Departamental.
Ver nuevas secciones I "Régimen General” y II “Pérdida de condiciones y aptitudes por causas no médicas” del Capítulo VII.I “Del cambio de carrera”, título único “Del estatuto del funcionario”, Parte Legislativa, Libro II, Volumen III.
Sección Única “Pérdida de condiciones y aptitudes por causas no médicas”, del Capítulo IV.I.III “Del cambio de carrera”, Título único, Parte Reglamentaria, Libro III “De la relación funcional”, Volumen III. -
Por Decreto JDM Nº 35.623 de 8/07/2015 se creó una nota en virtud de la cual se dispuso ratificar el contenido de los Decretos Departamentales Nos. 33.209, 33.322 y 33.409, de 17 de diciembre de 2009, 15 de abril de 2010 y 17 de junio de 2010, respectivamente, salvo en lo que contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272, de 18 de setiembre de 2014.
Ver Sección VI del Capítulo XXXVII del Volumen I del Digesto Departamental.
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Por Res. IM 3598/15 de 03/08/15 se sustituyó la reglamentación aprobada por la Res. No. 158.885 de 20/01/1981 incorporado como artículo R.424.40 del Capítulo I “De los empadronamientos y placas de prueba”, Título III “De los empadronamientos. Placas de prueba y demostración. Depósito y entregas de matrículas, Parte Reglamentaria del Libro IV “Del tránsito Público” del Volumen V.
Se deja sin efecto los artículos 42 y 43 de la misma Reglamentació, los que se hallan incorporados como artículos R. 424.41 y R.424.42 del Capítulo I “De los empadronamientos y placas de prueba”, Título III “De los empadronamientos. Placas de prueba y demostración. Depósito y entregas de matrículas, Parte Reglamentaria del Libro IV “Del tránsito Público” del Volumen V.Ver artículos R.424.40, R. 424.41 y R.424.42 del Volumen V del Digesto Departamental.