Novedades
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Por Res. IM Nº 388/16 los bicicletarios en espacios públicos o privados deberán cumplir con las determinadas características.
Ver arts. R. 424.138.1 y R. 424.138.2 del Volumen V del Digesto Departamental.
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Por Res. IM Nº 1938/16 se modifica la Resolución Nº 6054/15 de 28 de diciembre de 2015. La Unidad Centro de Monitoreo y Control Ambiental pasará a depender en línea directa de la División Limpieza del Departamento de Desarrollo Ambiental.
Ver artículo R.8 del Volumen II del Digesto Departamental.
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Por Res.IM Nº 1939/16, de fecha 9 de mayo de 2016, se modifica la Resolución Nº 4264/10, de fecha 15 de setiembre de 2010, estableciendo que a partir del 4 de mayo de 2016 elñ Fideicomiso del Museo del Carnaval, pasará del Departamento de Desarrollo Económico e Integraciçon Regional a depender, en línea asesora, de la Direcciçon General del Departamento de Cultura.
Ver artículos R.6 y R.11 del Volumen II "Procedimiento. Competencia" del Digesto Departamental.
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Por Resolución IM Nº 1951/16 de 9 de mayo de 2016, se modificó la redacción del numeral 1 del artículo 3º de la reglamentación aprobada por el numeral 2º de la Resolución Nº 5182/01, de 31 de diciembre de 2001.
Ver artículo R. 1007 del Volumen VIII del Digesto Departamental.
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Por Decreto JDM Nº 35.884 de 2 de mayo de 2016 se sustituye el artículo 3º del Plan Montevideo, aprobado por el Decreto Nº 28.242 de 10 de setiembre de 1998.
Ver artículos D. 223.141 y D. 223.142. -
Por Res IM Nº 1755/16 se esbleció que el Velodrómo Municipal dependerá directamente de la Dirección de la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación.
Ver R.16.1 del Volumen II del Digesto Departamental.
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Por Res. IM Nº 1543/16 se entiende pertinente que la Secretaría de Educación Física, Deporte y Recreación dependiente de la División Artes y Ciencias del Departamento de Cultura pase a depender de la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación y además que el Velódromo Municipal dependa de la citada Secretaría.
Ver art. R.6 y R.16.1 del Volumen II del Digesto Departamental.
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Por Res. IM Nº 1511/16 de 12 de abril de 2016, num. 4º se incorpora el día 24 de abril a la nómina de feriados no laborables que establece el artículo R.258 del Volumen III del Digesto Departamental.
El 24 de abril se conmemora el Día de los Municipios de América y por ese motivo será feriado no laborable en todas las dependencias de la Administración. Los funcionarios que por razones de servicio deban desempeñar tareas durante ese día recibirán doble paga.
Ver R.258 del Volumen III del Digesto Departamental.
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Por Resolución IM Nº 1391/16 de 4 de abril de 2016, numeral 1, se modificó la normativa referente a las licencias especiales por matrimonio o reconocimiento judicial de unión concubinaria.
Ver artículo R.342.31 del Volumen III del Digesto Departamental.