La materia prima que espera ser procesada deberá ser mantenida bajo condiciones que impidan su deterioro, protegida contra todo tipo de contaminación o daño.
Digesto
D.1192
Deberá mantenerse la identidad de todo pescado almacenado para procesamiento.
En la secuencia del procesamiento de materia prima deberá intentarse que el pescado capturado con más antigüedad sea procesado en primer lugar.
D.1191
Las cámaras de almacenamiento de materia prima para el procesamiento deberán ser mantenidas a una temperatura aprobada que oscile entre -0.5 y 2º C.
D.1190
Los cepillos, escobillos, mangueras y todo otro equipo y materiales necesarios para una limpieza adecuada deberán estar disponibles a toda hora en un establecimiento.
D.1189
El área y predio alrededor y bajo el control de un establecimiento deberán ser mantenidos limpios y ordenados.
D.1187
Un programa de control de roedores e insectos deberá mantenerse en cada establecimiento y cuando se usen pesticidas, la aplicación de los mismos deberá ser hecha bajo la supervisión de un operario responsable, usando equipo apropiado de manera de prevenir la contaminación.
D.1185
Las aguas servidas, incluyendo los desechos líquidos de las operaciones de procesamiento, deberán ser eliminadas de tal forma que los desechos sean inaccesibles a las moscas y que el abastecimiento de agua del establecimiento no sea contaminado.
D.1184
Se deberán mantener las facilidades sanitarias en forma satisfactoria y deberá haber disponible una cantidad suficiente de toallas desechables en cada cuarto de baño.
D.1182
De acuerdo con el artículo D.1133, toda persona ocupada en el manejo o procesamiento de pescado deberá lavar sus manos con agua y jabón líquido o en polvo antes de comenzar su trabajo e inmediatamente después de cualquier ausencia de su labor.
D.1181
No podrá ser empleado en cualquier área de trabajo que implique un contacto directo con los productos de la pesca nadie que:
a) se sepa que padece una enfermedad contagiosa o;
