Back to top

Digesto

R.244.14

Deber de reserva.
Los funcionarios y demás personas que intervengan en el proceso del concurso (miembros del tribunal, veedores y otros funcionarios) están obligados a la más estricta reserva y secreto en relación a terceros por las actividades que realicen.

R.244.12

Tareas.
Una vez integrado el Tribunal en su totalidad serán tareas propias de éste:

a) presentar un cronograma de trabajo ante la Unidad Selección y Carrera Funcional y darle cumplimiento dentro del plazo de 90 días contados a partir de su instalación;

R.244.11

Constitución y capacitación.

R.244.10

Resolución sobre recusación.

R.244

Definición.

R.243.4

Verificación de requisitos.

R.243.3

Comunicación de requisitos.
En las Bases de los Llamados los postulantes tomarán conocimiento de los requisitos a presentar en el momento de la inscripción o preinscripción.
En las bases debe constar:

R.243.2

Plazo de inscripción y verificación de requisitos.
El plazo de inscripción o verificación de requisitos será de cinco a quince días hábiles, según lo disponga la Administración.

R.243.1

Publicidad.

R.243

Resolución – Bases del llamado.

Páginas

Suscribirse a Digesto