(Pago total o parcial precios departamentales).- Facúltase a la Intendencia, por vía de excepción y mediante resolución fundada del Intendente, a aceptar como pago total o parcial por precios departamentales, la prestación de bienes o servicios, siempre que se verifiquen las siguientes cond
Totid
A.489.3
En el caso de deudas tributarias de obras en construcción que se encuentren paralizadas y reinicien su actividad y hasta su finalización, la Intendencia podrá conceder la cancelación de multas y recargos hasta en un 100% (cien por ciento), debiéndose presentar desde la aprobación del presente
A.485
La Intendencia de Montevideo podrá exonerar del impuesto de Contribución Inmobiliaria por un período de tres (3) años, a solicitud de parte interesada, a los propietarios o poseedores de inmuebles reciclados ubicados dentro de la zona de competencia de la Comisión Especial Permanente de la
A.483
(Cooperativas de Vivienda de Usuarios por el Sistema de Ahorro y Préstamo).
A.481
(Cooperativas de vivienda por el sistema de Ayuda Mutua). Modifícase el artículo 16 del decreto Nº 25.226 del 26/9/91 el que quedará redactado de la siguiente manera:
A.480
(Reglamentación sobre la exoneración a los funcionarios Departamentales). Aprobar la siguiente reglamentación respecto de las exoneraciones de Contribución Inmobiliaria otorgadas a los funcionarios departamentales, al amparo de lo dispuesto por el artículo 59º del Decr
A.479.1
Facúltase a la Intendencia, previa anuencia de la Junta Departamental, para graduar la cuantía de la exoneración del Impuesto de Contribución Inmobiliaria dispuesta para los funcionarios departamentales por el art.
A.478
Sustitúyese el Artículo 12 del Decreto No. 29.674 de 29 de octubre de 2001 el que quedará redactado de la siguiente manera:
A.477
Las solicitudes de exoneración realizadas por primera vez, de impuestos que afecten inmuebles de sujetos pasivos comprendidos en el Decreto Nº 15.706 de 31/07/1972 (partidos políticos)* serán otorgadas por el Intendente en la primera oportunidad o por quien este delegue, por un plazo de 5 años.
