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Digesto

D.224.537.15

Se prohíbe la demolición de edificios integrantes del conjunto original, salvo expresa autorización de la Comisión Especial Permanente.

D.224.537.11

Se declara de interés departamental mantener, rehabilitar y valorizar el carácter testimonial de las construcciones y entornos urbanos que conforman el Barrio Reus al Norte.

D.224.537.1

Aspectos generales - Declárase de interés Departamental mantener y valorizar el carácter de las construcciones y el desarrollo urbano de la zona del Barrio Reus al Sur.

D.224.494

Finalidad- Ésta Sección tiene por finalidad, regular el desarrollo urbanístico de la zona del Prado, mediante el contralor del uso del suelo y de la edificación, manteniendo sus actuales características habitacionales y paisajísticas.

D.224.361

OBRAS EN LA CIUDAD VIEJA EN GENERAL- Las reformas, ampliaciones y obras nuevas deberán cumplir con los siguientes requisitos:

D.224.356

DECLARACION -

D.224.266.9

En todos los casos cada NBE deberá cumplir con las siguientes condiciones:

D.224.266.7

Cuando los CONBE se realicen bajo el régimen cooperativo de viviendas, la distribución y ocupación del suelo se ajustará a los porcentajes siguientes en relación al área S del predio:

D.224.266.6

Será obligatoria la construcción de un Salón de Usos Múltiples (SUM) en cada CONBE que cuente con 15 o más viviendas y que se construya bajo el régimen de solares individuales, el que deberá implantarse en un predio que cumpla con las exigencias establecidas en el

D.224.266.4

El número de NBE de cada CONBE no podrá ser inferior a quince (15) ni superior a cincuenta (50) unidades en caso de propiedad común y treinta (30) en caso de propiedad horizontal.

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