Calificación de las construciones Las construcciones existentes en estas áreas serán calificadas por resolución de la Intendencia Municipal y a propuesta de la Comisión Especial Permanente de la Ciudad Vieja en cinco categorías, asignando a cada una de ella
Digesto
D.224.502
Estacionamiento vehicular - Los edificios que se construyan en la Zona PR1, tendrán que disponer de garages o sitios de estacionamiento de vehículos, en cantidad relacionada con su destino o capacidad, según la siguiente escala:
D.224.500
Construcciones en los retiros frontales, laterales y posteriores - Dentro de las áreas afectadas por los retiros frontales, laterales o posteriores, sólo se autorizarán las siguientes construcciones:
D.224.498
Superficie total edificable - La superficie total edificable admitida en cada predio, se define como la suma de las áreas a edificar en cada planta o nivel. Este total no podrá superar los siguientes valores:
D.224.497
Trámite previo - En los casos en que se solicita la construcción o habilitación de locales de usos no residenciales en zonas en que rigen las disposiciones de esta Sección, el trámite previo para su instalación podrá cumplirse en las mismas actuaciones en que se gestiona di
D.224.496
Uso del suelo - El uso preferencial de los inmuebles será el de habitación pero admitiéndose además otros usos complementarios como los siguientes:
ZONA PR1 - (urbana);
D.224.483.24
Características ambientales a preservar.
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