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Digesto

R.538

Los vehículos depositados en terrenos de la Intendencia al ser retirados de la vía pública por la División Tránsito y Transporte, en razón de haberse configurado la causal de abandono, quedarán bajo custodia del Servicio de Bienes Muebles, sometidos a su régimen general, y

R.523.76

(De la propaganda) Se prohibe colocar propaganda en los vehículos afectados al servicio de ambulancia.

R.523.68

En caso de incumplimiento a lo dispuesto en los artículos R.523.66 y R.523.67, el Servicio de Transporte Público revocará la autorización,

R.523.58

Sin perjuicio de lo establecido en el artículo R.523.55, el Servicio de Transporte Público podrá autorizar al curador de un permisario que haya sido declarado judicialmente incapaz, la continuidad en

R.523.29

De los Permisarios. Son permisarios las personas físicas o jurídicas que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo D.794.3.

R.523.4

DEL OTORGAMIENTO DE LOS PERMISOS.- Cuando de los estudios de demanda surja la necesidad de aumentar la cantidad de permisos para la explotación del servicio de transporte de escolares, el otorgamiento de los mismos se hará por licitación.

R.517

De las categorías. Los permisarios podrán solicitar, de acuerdo con lo previsto en el Art. D.857, la categoría en la cual aspiran a que se califique el servicio que prestan.

R.507.2.5

Los publicitarios en ningún caso podrán dificultar la identificación del servicio, la visualización de las placas de matrícula ni el sistema de aviso al que refiere el artículo R.506.

R.505

Todos los vehículos afectados al servicio de taxi deberán poseer el sistema de aviso por medio luminoso, cofre y mampara de seguridad, con las características que se establecen en los artículos siguientes.

R.470

La Estación Central procederá a la formación de la ficha del ómnibus en la que conste:

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