Los guardas, conductores y guardas conductores deben estar siempre atentos al movimiento de los pasajeros, velando por la seguridad de los mismos y asistiéndolos cuando sea necesario. No harán circular el ómnibus en condiciones riesgosas para los usuarios.
Digesto
D.768.27
Los asientos deberán encontrarse permanentemente en condiciones de limpieza y conservación que permitan su utilización por parte de los pasajeros.
D.755
Toda empresa es responsable de la seguridad de sus pasajeros y de la integridad física de los mismos.
D.748
La División Tránsito y Transporte podrá, cuando una misma empresa posea varios permisos para la explotación de servicio de transporte colectivo de pasajeros en más de un recorrido, determinar cuantos de ellos deberán ser afectados a cada uno, de acuerdo a las necesidades de los usuarios u o
R.424.226
La restitución del vehículo se hará al conductor que hubiese llevado a cabo el estacionamiento, previa las comprobaciones relativas a su identidad o en su defecto al titular de la cédula de identidad del vehículo.
R.424.187
El contralor de la posesión en vigencia del PUNC deberá estar a cargo del personal inspectivo que corresponda.
R.424.165
En coincidencia con la exigencia del carné de salud a los conductores profesionales, de acuerdo a la normativa aplicable a la materia, y por lo tanto, toda certificación de aptitud para conducir en categoría profesional se debe acompañar siempre con el carné de salud correspondiente.
R.424.156.17
La actividad de las Estaciones de Inspección Técnica de Vehículos deberá estar garantizada y controlada a través de un Ingeniero Industrial asignado a tales efectos por la empresa operadora.
R.424.100.3
Se establece la preferencia de paso de la calle Constituyente sobre Juan D. Jackson y Eduardo Acevedo, mediante símbolos de "PARE" en estas dos últimas.
R.424.98.4
La contratación del servicio será por un mínimo de 2 horas.
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