Los "Taxímetros" por ser un instrumento de medir longitud deben cumplir con todo lo dispuesto por el Decreto 102/988 de 27 de enero de 1988 referente a instrumentos de medir longitud en general.
Totid
A.435
(Instrumentos de medición reglamentados). Todos los instrumentos de medición reglamentados requerirán la aprobación previa de su modelo.
A.434
(Competencia de la Dirección de Metrología Legal). Compete a la Dirección de Metrología Legal:
A.433
(Dirección de Metrología Legal).
A.431
Fíjase para la exoneración de patente de rodados a que se refieren los artículos 1º del Decreto Departamental Nº 22.515 de 3 de diciembre de 1985; y D.
A.430.1
Sustitúyese el texto del art. D.
A.430
(Discapacitados). Incorporar los siguientes artículos al Libro IV "Del Tránsito Público", Volumen V "Del Tránsito y Transporte" del Digesto Departamental como Capítulo III "De los vehículos para Lisiados" bajo el Título II "De la Fiscalizac
A.428
(Funcionarios profesionales o técnicos de organizaciones internacionales). Sustitúyese el artículo 42 del decreto 99/86 de 13 de febrero de 1986, que quedará redactado de la siguiente forma:
A.427
(Directores de la Sede Regional de las Organizaciones establecidas en el Uruguay y otros). Modifícanse los artículos 19 y 41 del decreto 99/86 de 13 de febrero de 1986, los que quedarán redactados de la siguiente forma:
A.426
(Organizaciones Internacionales). Las organizaciones internacionales y las misiones de asistencia técnica, podrán introducir al país, los efectos y útiles indispensables para el normal cumplimiento de sus cometidos, libres de todo trámite cambiario y exentos de toda clase de dere
