Back to top

Tobefu

A.131.8

Autorízase a la Intendencia a aumentar en un 25% (veinticinco por ciento) los montos actuales de las partidas establecidas por el artículo 183 del Decreto No.

A.131.25

El régimen horario y retributivo que se adjudicará a los funcionarios designados para colaborar en el Programa en el marco de lo dispuesto por el Art. 116 del Decreto No.

A.131.4

La retribución establecida en el numeral anterior (*) se mantendrá durante el período en el que se desarrolle la tarea, en actividad o en usufructo de la licencia anual reglamentaria.

A.131.3

El régimen horario de ocho horas diarias y la compensación especial establecida en los numerales 3º y 4º precedentes, serán otorgados desde la fecha de alta y hasta el 31 de diciembre de 2004.

A.131.2

Establecer una compensación especial de 20% sobre el sueldo básico de 30 horas para los (siguientes) funcionarios que desempeñen tareas en el nuevo sistema de recolección mecanizada lateral mediante contenedores, la que integra, junto con el régimen de ocho horas diarias, la remuneración co

A.131.1

Aprobar la siguiente reglamentación del sistema de trabajo y compensaciones correspondientes de los/as funcionarios/as contratados/as o presupuestados/as de la División Limpieza, dejando sin efecto otras reglamentaciones sobre el régimen de 6 (seis) más 2 (dos), estableciendo que al cabo de 6 (se

A.131

Los funcionarios que integren el sub-escalafon Recaudadores percibirán como compensación a la Función y en la medida en que la ejerzan efectivamente, el 30% (treinta por ciento) de su sueldo base, dejando de percibir la compensación unificada.

A.130

Los valores a los que se hace referencia en los Arts.

A.128

Se mantiene en todos sus términos la retribución extraordinaria acordada por Decreto N° 14.436, Artículo 9, del 1º de enero de 1969, cuyo valor será equivalente a un 5.5 % (cinco punto cinco por ciento) del

A.126

También corresponderá otorgar el beneficio de que se trata:
a) en aquellos casos en que el funcionario no pueda desempeñar sus tareas por razones ajenas a su voluntad, motivado por la interrupción fortuita del servicio.

Páginas

Suscribirse a Tobefu