Los aumentos porcentuales a que sé refieren diversas disposiciones de este decreto se aplicarán de manera uniforme y con carácter general a todos los tributos expresamente comprendidos en dichos aumentos.
Totid
A.21
Cuando los pagos de los tributos departamentales se realicen con cheques, la deuda por los mismos se tendrá por cancelada a partir del momento en que el documento sea efectivamente acreditado a favor de la Administración.
A.20.2.1
(Pagos a cuenta) La Intendencia podrá aceptar pagos a cuenta de deudas tributarias, en forma que establezca la reglamentación.
A.20.2
(Posibilidad de disminuir o exonerar multas y recargos).- La Intendencia podrá, por vía de excepción y en casos debidamente justificados, disminuir el pago de multas y recargos hasta en un 75%, previa anuencia de la Junta Departamental, siempre que la percepción del tributo
A.20.1.7
A estos efectos, el Servicio de Gestión de Contribuyentes llevará un registro en el que se asentarán los convenios suscritos, el nombre del contribuyente y el padrón del inmueble o vehículo en su caso, si el convenio refiere a adeudos por Contribución Inmobiliaria y Patente de Rodados.
