En los studs, sanatorios de equinos, locales de ventas, donde las características y condiciones de conservación e higiene superen o mejoren las establecidas en este Capítulo, podrían autorizarse los pisos de ladrillos, adoquines de madera u otro tipo adecuado a su fin, que permita el desagüe de l
Digesto
D.3868
Las características constructivas de los distintos elementos son las siguientes:
Los muros exteriores tendrán un espesor mínimo de treinta centímetros.
Podrán ser de hormigón, de piedra o de ladrillos asentados con mortero de arena y portland en la proporción de tres por uno.
D.3866
Las dimensiones mínimas de cada sección se detallan a continuación:
Cada animal dispondrá de una plaza o pesebre de un metro con treinta centímetros por tres metros con treinta centímetros.
D.3865
Toda caballeriza estará constituida por lo menos de: entrada o pasaje de entrada, cuadra, pesebres, pasillos de servicio, patio de maniobras, depósito de carros o vehículos, estercoleros, depósito de forrajes; y según su importancia podrá contar con servicios higiénicos, baños, cuartos de serenos
D.3863
Dentro de la zona comprendida por el Río de la Plata, avenida H. Abadie, Avda. Gonzalo Ramírez, calle 21 de Setiembre, José Ellauri, Gabriel A. Pereyra, 26 de Marzo, T. de Tezanos, Rivera, Avda.
D.3862
Se prohíbe la ubicación de caballerizas, studs, sanatorios para equinos, picaderos, escuelas de equitación, herraderos, locales de exposición y venta de potros o reproductores en los siguientes puntos:
D.3856
La Intendencia, de acuerdo a las características propias de cada local, previo asesoramiento de los Servicios competentes podrá admitir tolerancias razonables, siempre que se respeten las exigencias mínimas de seguridad, salubridad e higiene.
D.3849
Los establecimientos comprendidos en este capítulo dispondrán de servicios higiénicos para su personal, instalados en las condiciones establecidas en las disposiciones vigentes para los locales de trabajo en común.
D.3848
La manipulación y venta de querosene se hará en un local independiente del salón general, cuyas características constructivas serán similares a las de éste, pudiendo tener entrada directa desde la calle. Su piso tendrán pendiente de uno por ciento como mínimo hacia un sumidero sifoide.
D.3845
La venta de carne y pescado fresco se efectuará en zonas perfectamente delimitadas e independientes, cada una de estas zonas constará de dos secciones.
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