Con excepción de los casos en que medien razones dadas aprobadas por la Dirección General del Departamento de Recursos Financieros, que hubiesen sido determinadas por azar, o que así lo solicite el propio interesado, no podrá practicarse más de un avalúo en un período menor a dos años.
Tobefu
A.155
Autorízase a la Intendencia de Montevideo para liquidar, desde el presente Ejercicio, entre los obreros y empleados que intervengan en la preparación y posterior remate de materiales en desuso y objetos depositados en el Servicio de Bienes Muebles, el importe de la comisión del dos por cien
A.144.7
(Funcionarios administrativos del Servicio de Necrópolis y funcionarios de los CCZ) Se incorpora al régimen de 6º día de trabajo y a la compensación correspondiente, a los funcionarios administrativos del Servicio de Necrópolis y a los funcionarios que presten funcion
A.144.16
(Funcionarios del Servicio Fúnebre y de Necrópolis, Categoría Administrativa) Establecer que a partir del 1 de febrero de 1994 los funcionarios que cumplan tareas en el Servicio Fúnebre y de Necrópolis, dependiente del Departamento de Obras y Servicios a la Comunidad, perte
A.131.5
Autorízase a la Intendencia, a otorgar al personal inspectivo que se desempeñe en la Sección Vigilancia del Servicio de Inspección General, la asignación complementaria de N$8.000,oo (nuevos pesos ocho mil) mensuales a partir del 1 de enero de 1987, a efectos de compensar la mayor dedicació
A.104
No se perderá el derecho a la percepción de la compensación por quebranto de caja en los casos de licencia por matrimonio, por extracción de sangre, nacimiento de hijo y fallecimiento, que establece el artículo D. 95 (*) y por embarazo y lactancia previsto en el artículo D.
A.76
El Intendente en caso de considerar necesario, podrá asignar a funcionarios tareas y responsabilidades que excedan y difieran a las de su cargo presupuestal o funcion
A.116
Se incluye en la compensación por tareas riesgosas a los funcionarios de la categoría obrera de la Usina 2 (Disposición final de residuos hospitalarios), a los de oficio sepultureros del Servicio de Necrópolis, y a los de oficio enlutadores del Servicio Fúnebre de la Intendencia.
A.6.5
Otorgar una compensación salarial a la persona, equivalente al promedio de lo percibido como participación en multas en el último trimestre del año 1992, que se reajustará en los mismos porcentajes y oportunidades que el salario del personal de la Intendencia, a cada uno de los siguientes f
A.211.5
Dicho viático será de un monto de $2.070, oo (pesos uruguayos dos mil setenta) y se incrementará en los meses de abril y octubre, por el IPC que corresponda.
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