Totid
A.488
Las exoneraciones dispuestas regirán a partir del primer ejercicio posterior a la fecha de la habilitación final de la obra siempre que las unidades resultantes estén habitadas. Las unidades deberán mantenerse durante todo el lapso de la exoneración.
A.482
Declárase que la excepción prevista en el inciso 1º del artículo 16 del Decreto Nº 25.226 con la redacción ordenada por el artículo 6º del Decreto Nº 25.281(*), ampara exclusivamente a Cooperativas de Viviendas de Usuarios por el sistema de "Ayuda Mutua".
A.479
(Funcionarios Departamentales). Modifícase el inciso 4to del art.36 del Decreto Nº 15.706 del 31 julio de 1972, en la redacción dada por el art. 16 del Decreto Nº 23789 del 6 de noviembre de 1987, el que quedará redactado de la siguiente manera.
A.478.2
Los jubilados y pensionistas que fueran sujetos pasivos del impuesto de Contribución Inmobiliaria respecto de una vivienda que constituyera su casa habitación y fuera su única propiedad, sea ésta de naturaleza propia o ganancial, inde
A.466
Facúltase a la Intendencia de Montevideo a incluir en el listado de los Bienes de Interés departamental, el predio conocido como la “Cachimba del Piojo”, ubicado en la calle Heredia entre las calles Inclusa y Carlos Molina, en el Barrio La Teja.
A.451
Las exoneraciones alcanzarán exclusivamente a instituciones deportivas con personería jurídica afiliadas oficialmente a federaciones, Ligas o Asociaciones Deportivas, que participen regularmente en actividades de las mismas tales como certámenes o competencias.
A.449.16
Los antecedentes serán enviados a una Comisión integrada por un representante de la Junta Local zonal No. 1, un representante del Departamento de Recursos Financieros y un representante del Departamento Jurídico, que asesorará en forma previa sobre el otorgamiento de la garantía.
A.446.1.4
Este régimen será aplicable a los convenios celebrados con posterioridad al 1º de enero de 2001 por las cuotas aún no vencidas, las que serán bonificadas en el caso de que éstas sean abonadas en el plazo y condiciones convenidas.
Páginas
