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R.7

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO URBANO.
Del Departamento de Desarrollo Urbano dependerán las siguientes:
GERENCIA:
-Gerencia de Permisos de Implantación y Construcción
DIVISIONES:
- Espacios Públicos
- Tierras y Hábitat
Dependerán asimismo de la Dirección General del Departamento en línea directa las Unidades de Técnica de Alumbrado Público, la Oficina Central, el Secretariado de Seguridad y Salud, la Unidad de Coordinación y Apoyo Operativo, la Oficina de Proyectos del Departamento de Desarrollo Urbano, la Unidad de Gestión de Acceso al Suelo Urbano, la Unidad Compras y Adjudicaciones, la Unidad de Policía Territorial y las Unidades Nuevo Mercado y ex-Mercado Modelo.
Además dependerá en línea asesora la Oficina de Apoyo y Gestión Presupuestal.
Gerencia de Permisos de Implantación y Construcción
De la Gerencia de Permisos de Implantación y Construcción dependerán las siguientes:
- Servicio de Regulación Territorial de las Implantaciones
- Servicio de Contralor de la Edificación
- Unidad de Estudios de Impacto Territorial
Del Servicio de Regulación Territorial de las Implantaciones dependerá el Sector Implantaciones urbanoterritoriales, la Unidad Viabilidad de Usos y el Equipo de Gestión Patrimonial.
División Espacios Públicos
De la Dirección de la División Espacios Públicos dependerán directamente la Unidad Gestión del Espacio Modelo (UGEM) y la Gerencia de Gestión de Espacios Públicos y los siguientes SERVICIOS:
- Obras
- Planificación, Gestión y Diseño
- Áreas Verdes
Dependerá asimismo de la División Espacios Públicos en línea asesora el Equipo Técnico Auditoría y Certificación de Productos.
División Tierras y Hábitat
La División Tierras y Hábitat tendrá a su cargo las siguientes dependencias:
-Servicio de Tierras y Vivienda (STV);
-Unidad Ejecutora de Urbanización de Tierras para Vivienda (UTV).
-Unidad de Asesoramiento para la Regularización de la Propiedad y Diseño Participativo del Hábitat.
-Unidad Especial Ejecutora de Atención al Programa de Integración de Asentamientos Irregulares
El Servicio de Tierras y Vivienda tendrá cuatro sectores de actuación:
-Sector Tierras
-Sector Vivienda
-Sector Rehabilitación de Áreas Centrales
-Sector Regularización de la Vivienda Social y Barrios Departamentales.
De la Coordinación Ejecutiva de la Unidad Especial Ejecutora de Atención al Programa de Integración de Asentamientos Irregulares dependerá la Unidad Ejecutora de Programas Barriales Integrales.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
7
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. IIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 7
Notas: 

Por Res. IM Nº 3298/23 de fecha 10 de julio de 2023, se estableció que la Comisión Especial de Coordinación de Gestiones y Articulación Normativa creada por la Res. IM Nº 3856/22 de fecha 23 de setiembre de 2022, num. 8º,  funcionará en el ámbito de la Gerencia de Permisos de Construcción, donde intercambiarán sus necesidades y avances entre la Gerencia de Permisos de Construcción y las oficinas intervinientes en los procesos de diseño de los instrumentos de ordenamiento territorial o planes rectores y en la elaboración de normas relativas a los mismos.

Dicha Comisión estará compuesta por tres grupos de trabajo: "Grupo de Proyectos e Instrumentos Territoriales"; "Grupo de Proyectos de Compleja Inserción" y el "Equipo de Normas” cuya integración y cometidos se establecen en los numerales 3º, 4º y 5º de la Res.IM Nº 3298/23, respectivamente.

Por Res. IM Nº 5815/16 de fecha 19 de diciembre de 2016, se estableció que la gestión del Parque Público Punta Yeguas pase a la órbita del Departamento de Acondicionamiento Urbano en dependencia de la División Espacios Públicos y Edificaciones.

Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Se crea la Unidad Gestión del Espacio Modelo (UGEM)
Fuente: 
num.1
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
num. 1
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
num. 1, 4, 5, 6, y 8 literal B)
Fuente: 
num. 1 y 2
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Modifica la denominación del Departamento de Acondicionamiento Urbano por la de Departamento de Desarrollo Urbano.
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
num. 2
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
num. 2
Fuente: 
num. 2
Fuente: 
num. 2
Observaciones: 
Lit. G
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Dejada sin efecto por Res.IM 1202/12 de 26/03/12, num. 1.
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
num. 2
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
num. 3
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
nums. 2; 3; 4
Fuente: 
art. 68
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 2
Observaciones: 
Lit. E
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
num. 2
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 2
Observaciones: 
Lit. E
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Lit. E
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
R. 5
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
R. 5
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
R. 5
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
R. 15. 1
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
num. 5 R. 15.1
Fuente: 
num. 2
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
R. 5
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Lit. D
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
R. 5
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
R. 5
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Lit. D, Lit. D.1 lits.a,b, c
Fuente: 
num. 2
Observaciones: 
R. 5
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 7
Observaciones: 
num. 8 Lits. A, B, C
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 3
Observaciones: 
Lits. A, D, E, F.
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Num. 6º
Fuente: 
art. 1
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
art. 2, art. 3.
Fuente: 
num. 1
Administrativo
Órden: 
A.0002.0000.0000.0000.0000.D.0001.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0001.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.R.0007.0000.0000.0000.0000
Id: 
II-R.7